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RESOLUCIÓN PLENARIA 83/2025 – TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO – CONCLUYE SEGUIMIENTO FIDEICOMISOS OBRAS PÚBLICAS I Y II DECRETOS PROV 537/21 y 626/21

En fecha 11 de junio de 2025, el Tribunal de Cuentas emitió la Resolución Plenaria N.º 083/2025 mediante la cual concluyó el seguimiento específico de los Fideicomisos de Obras Públicas I y II, creados por los Decretos Provinciales 537/2021 y 626/2021, respectivamente. Estos fideicomisos, constituidos con cesión de activos del Estado Provincial al Banco de Tierra del Fuego como fiduciario, estaban destinados a la financiación de obras públicas por montos superiores a los USD 90 millones.

El proceso de fiscalización se inició en 2021 mediante el Expediente 147/2021, con la Resolución Plenaria 159/2021, que dispuso el control e inclusión obligatoria de los fideicomisos en los informes anuales de cuenta de inversión. En las sucesivas resoluciones 234/2021, 329/2021 y 183/2023 se reforzaron requerimientos de información, intimaciones al Contador General de la Provincia y encomiendas a la Secretaría Contable para realizar un seguimiento sistemático. Durante estos años, la Delegación del Poder Ejecutivo del Tribunal y sus auditores emitieron diversos informes contables que acreditaron la falta de ejecución operativa: no se habían abierto cuentas bancarias ni emitido órdenes de pago, y no existían registros presupuestarios de transferencias activas.

Pese a su vigencia formal, los fideicomisos nunca fueron operativizados. Esta inactividad motivó la sugerencia de revisar la ejecución de las cláusulas de extinción previstas contractualmente. Los informes INF-TCP-SC-93-2025 e INF-TCP-SC-104-2025 concluyeron que el seguimiento específico se encontraba agotado, proponiendo continuar el monitoreo dentro del análisis general de las cuentas de inversión.

El Tribunal de Cuentas aprobó los informes contables mencionados y declaró concluido el seguimiento especial sobre los Fideicomisos I y II dispuesto en las resoluciones previas.

Ordena requerir al Poder Ejecutivo Provincial, en su carácter de fiduciante, que informe si ha considerado la extinción y liquidación de dichos fideicomisos, conforme a las cláusulas contractuales.

Finalmente disponer la notificación formal a las autoridades provinciales intervinientes, incluyendo Gobernador, ministros y funcionarios responsables y continuar el seguimiento en el marco del control de la Cuenta General de Inversión de cada ejercicio.

Normativa y documentos citados:

Decretos Provinciales N.º 537/2021 y N.º 626/2021

Ley Provincial N.º 1.465 (art. 22)

Resoluciones Plenarias del Tribunal de Cuentas:

N.º 159/2021

N.º 234/2021

N.º 329/2021

N.º 183/2023

Resolución de Contaduría General N.º 157/2021

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