📍 Ushuaia, Tierra del Fuego — Lun–Vie: 10–13hs y 16–20:30hs · Sáb: 10–13hs

“Y., D. E. c/Orbis Compañía Argentina de Seguros SA s/ordinario” | Cita Digital: Delalenga 24768

VOCES:

Se confirma la decisión apelada en cuanto desestimó in limine la demanda indemnizatoria en el marco de un accidente de tránsito, al advertirse que el actor y la demandada aseguradora no tenían un vínculo obligacional que los relacione. De modo que la legitimación pasiva de la aseguradora se encontraba supeditada a la intervención de su asegurado y habilitada por la norma específica, el artículo 118 de la ley 17418.

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