El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, en Sala Laboral, con sede en la ciudad de Corrientes, se expidió en la causa “Soto Mónica Beatriz c/ Shonko S.A. s/ Indemnización Laboral”.
La trabajadora dio a luz el 29 de agosto de 2015. El período de protección legal posterior al parto previsto en el artículo 178 de la Ley de Contrato de Trabajo vencía el 15 de abril de 2016. Sin embargo, la empresa dispuso el despido el 28 de abril de 2016, pocos días después de finalizado ese plazo.
En primera instancia se tuvo por probado que, pese a haber ocurrido formalmente fuera del período de estabilidad presunta, existían indicios suficientes de que el despido estuvo vinculado a la maternidad. Se valoró especialmente la cercanía temporal con el vencimiento del plazo protector y la declaración testimonial que atribuyó la ruptura al embarazo. La empleadora invocó una reorganización funcional, pero no logró acreditarla. En función de ello, se reconoció la indemnización agravada del artículo 182 de la LCT y la multa del artículo 2 de la ley 25323 por mora.
La Cámara de Apelaciones confirmó el fallo. La empresa interpuso recurso extraordinario alegando indebida extensión del plazo de protección, errónea valoración de la prueba, improcedencia de la multa e incorrecta imposición de costas.
El Superior Tribunal rechazó todos los agravios. Sostuvo que no se amplió el plazo legal, sino que se aplicaron correctamente las reglas sobre prueba indiciaria en materia de discriminación. Destacó la jerarquía constitucional de la tutela de la maternidad y su respaldo en normas internacionales. También confirmó la multa por mora y las costas.
La decisión fue adoptada por unanimidad, con el voto del ministro Fernando Augusto Niz, al que adhirieron los ministros Rey Vázquez, Panseri, Chaín y Semhan. Se confirmó íntegramente la condena.
Versión en lenguaje claro
Qué pasó
Una trabajadora fue despedida pocos días después de terminar el plazo legal que protege a las madres luego del parto.
Qué dijo la empresa
La empresa afirmó que el despido se debió a una reorganización interna. No presentó pruebas.
Qué probó la trabajadora
Se tuvo en cuenta lo cerca que fue el despido del vencimiento del plazo de protección. También declaró un testigo que afirmó que el despido fue por el embarazo.
Qué decidió la Justicia
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó que el despido fue discriminatorio. Aunque ocurrió fuera del plazo formal, se probó que la verdadera causa fue la maternidad.
Qué debe pagar la empresa
- Una indemnización más alta por despido discriminatorio
- Una multa por no pagar correctamente
- Todas las costas del juicio
Cómo fue la decisión
Fue unánime. Todos los jueces votaron en el mismo sentido.
Impacto del fallo
Refuerza la protección de las trabajadoras madres y deja claro que no basta con respetar solo los plazos formales si existe discriminación.







