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RESOLUCIÓN PLENARIA 3/2026 – TRIBUNAL DE CUENTAS – FORMULA RECOMENDACIONES A LA MINISTRA A/C MINISTERIO ENERGÍA – PROF CASTILLO -S/CONTRATACIÓN REPARACIÓN TG7-TURBINA A-35

La Resolución Plenaria 3/2026 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Tierra del Fuego tuvo por objeto analizar, en instancia de control posterior, la contratación destinada a la reparación y puesta en valor de la turbina TG7-A-35 del sistema de generación eléctrica de Ushuaia, tramitada en el marco de la emergencia energética declarada por el Decreto Provincial 996/2024. La intervención se originó tras detectarse, mediante acta de constatación, presuntos incumplimientos normativos vinculados al régimen de control y a las condiciones de pago, lo que motivó la sustanciación de informes técnicos, descargos de la autoridad administrativa y el posterior análisis contable integral.

En su desarrollo, el órgano de control verificó que, si bien los aspectos relativos a las condiciones de pago y requerimientos documentales fueron aclarados y considerados subsanados, subsistió el incumplimiento consistente en la omisión de remitir la contratación al control preventivo, vulnerando el sistema establecido en la Resolución Plenaria 01/2001 y el Plan Anual aprobado por Resolución Plenaria 240/2024. Asimismo, se invocaron como marco normativo el artículo 166 inciso 2 de la Constitución Provincial y los artículos 2 y 32 de la Ley Provincial 50, que atribuyen al Tribunal la función de control preventivo de legalidad y financiero de los actos que comprometen fondos públicos.

Finalmente, el Tribunal concluyó que el incumplimiento detectado, aun sin ocasionar perjuicio fiscal, implicó una infracción al régimen de control vigente, por lo que dispuso aprobar los informes contables, notificar a la autoridad responsable y formular una recomendación expresa a la Ministra de Obras y Servicios Públicos a cargo del Ministerio de Energía, a fin de que en futuras contrataciones ajuste su actuación a las normas de control preventivo, consolidando así el principio de juridicidad y fortaleciendo la regularidad del control externo.

Versión en lenguaje claro 

Qué pasó

El Tribunal de Cuentas analizó una contratación realizada por el Ministerio de Energía para reparar una turbina eléctrica en Ushuaia. Esta contratación se hizo durante la emergencia energética declarada por el Gobierno provincial.

El análisis comenzó porque el Tribunal detectó posibles irregularidades. Por eso pidió explicaciones, revisó informes técnicos y evaluó la documentación presentada.

Qué encontró el Tribunal

El Tribunal concluyó lo siguiente:

  • El principal problema fue que el Ministerio no envió el expediente al Tribunal antes de contratar.
  • La ley obliga a hacer ese control previo cuando se usan fondos públicos.
  • Esto incumplió normas específicas del Tribunal de Cuentas y la Ley Provincial 50.
  • Otros problemas, como la forma de pago o la documentación, fueron aclarados y no quedaron como incumplimientos.

También se determinó algo importante:

  • No hubo pérdida de dinero público.
  • No se comprobó perjuicio económico para la Provincia.

Qué decidió el Tribunal

El Tribunal resolvió:

  • Aprobar los informes técnicos realizados.
  • Notificar formalmente a la Ministra responsable.
  • Hacer una recomendación para que en el futuro cumpla con el control previo obligatorio.

Qué significa esto en la práctica

  • La contratación sigue siendo válida.
  • No hay sanción económica ni devolución de dinero.
  • Pero el Tribunal dejó una advertencia formal.

Esto refuerza una idea clave:

El control previo es obligatorio y debe respetarse, incluso en situaciones urgentes.

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