ECHEVERRIA, MARTIN Y OTROS s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA | Cita Digital: Delalenga 52910

Venta de sustancias medicinales que requieren receta médica sin autorización: competencia local A raíz de advertirse que en dos locales comerciales se estaban ofreciendo a la venta productos médicos sin contar con la habilitación sanitaria requerida se originó una contienda negativa de competencia entre la justicia en lo penal, contravencional y de faltas de la […]

Incidente Nº 1 – DAMNIFICADO: TESTIMONIOS, CAUSA N° 83437/2018 NN: N.N. s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA | Cita Digital: Delalenga 52904

Concurso ideal de falsedad instrumental y estafa: conflicto de competencia El presidente de una empresa denunció que se habían extraviado varias chequeras correspondientes a la cuenta bancaria que la firma tenía en una entidad financiera y que algunos de esos instrumentos se habrían puesto en circulación. Tiempo después, efectuó una nueva presentanción por diversas irregularidades […]

Boletín Oficial 5717

DECRETOS
2379 ACEPTA la renuncia presentada por el señor Pablo Gustavo PAREDES, al cargo de Subsecretario
de Manejo del Fuego dependiente de la Secretaría de Ambiente del Ministerio de Producción y
Ambiente
1
2380 DESIGNA en Planta Transitoria de la Administración Pública Provincial, al médico, señor Tomas
Alejandro MARTINEZ ALTERIO, en el ámbito de la Dirección de Formación Profesional y
Gestión del Conocimiento
2
2381 DESIGNA en Planta Transitoria de la Administración Pública Provincial, del Licenciado en
Psicología, señor Ayrton Emmanuel FRIAS KLEIN, en el ámbito de la Dirección de Formación
Profesional y Gestión del Conocimiento
3
2382 DESIGNA en Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, en el ámbito de la
Dirección General Provincial de Rehabilitación, al señor Nicolás Ariel LIMA LANDIBAR
4
2383 DESIGNA en Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, en el ámbito de la
Dirección General de Prestaciones Médicas y Programas Sociales, a la Licenciada en Trabajo Social,
señora Verónica Noemi LOPEZ
5
2384 DESIGNA en Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, en el ámbito de la
Dirección Provincial Centro de Rehabilitación, a la Profesora de Educación Física Emilia Nair
ABDALA
6
2385 DESIGNA en Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, en el ámbito de la
Dirección General de Atención Primaria de la Salud Zona Norte, a la señora María Rosa LEZCANO
7
2386 DESIGNA en Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, en el ámbito de la
Dirección General Centro Provincial de Rehabilitación, al Licenciado en Ortesis y Prótesis, señor
Gabriel Esteban Felipe UTSUMI MOLLE
8
2387 DESIGNA en Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, en la Secretaría de
Ambiente, al señor Juan Marcos ALDERETE MAYORGA, como agente GRADO “B”
9
2388 DESIGNA en Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, en el ámbito de la
Dirección General Centro Provincial de Rehabilitación, a la señora Ariadna OLMOS
10
2389 DESIGNA en Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, en el ámbito de la
Dirección General Hospital Regional Río Grande, al señor Gabriel Oscar RICHI
11
RESOLUCIONES MINISTERIO DE PRODUCCION Y AMBIENTE
885/24 a 913/24
12
RESOLUCIONES SECRETARIA PRIVADA DE LA UNIDAD GOBERNADOR ZONA NORTE
50/24 a 66/24
53
RESOLUCIONES SECRETARIA DE COORDINACION – M.S.
473/24 a 474/24 – 476/24
64
DISPOSICION DIRECCION GENERAL DE CATASTRO – AREF
188/24
69
COMUNICADO
El Ministerio de Obras y Servicios Públicos informa a las empresas que han adquirido el pliego
de bases y condiciones de la Licitación Pública 04/24 que se encuentra disponible en laCircular
Ampliatoria/Modificatoria N° 1 (sin consulta)
70
LICITACIONES
La Legislatura de la Provincia llama a Licitación Pública N° 03/24

El Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia llama a Licitación Pública
N° 04/24
72
La Municipalidad de Ushuaia llama a Licitación Pública S.P. e I.P. N° 12/2024 73
EDICTOS
El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 2 DJS, comunica autos caratulados
“NEIMANN JUAN CARLOS C/ MANCILLA OJEDA OVIDIO Y OTRA S/ USUCAPION”

El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 2 DJN, comunica autos caratulados
“OYARZO BARRIENTOS JOSE SANTIAGO Y PRIETO CELINA S/ SUCESION
AB – INTESTATO”
74
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 DJ, comunica autos caratulados
“CHACON GUILLERMO EUSEBIO S/ SUCESION AB-INTESTATO”

El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 1 DJN, comunica autos caratulados
“MAGLIONE CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO”
75
El Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 DJN, comunica autos caratulados
“BANCO PROVINCIA TIERRA DEL FUEGO C/ PERRY CRISTIAN MAXIMILIANO
S/ PREPARA VIA EJECUTIVA”
76
La Martillera Pública Aurelia Liliana Medina, hace saber REMATE AUTOMOTOR por cuenta
y orden de ¨HSBC BANK ARGENTINA S.A. c/ SOMBRA MARCELO EDUARDO
s/ SECUESTRO PRENDARIO¨
77
SUMARIO 77
EDITADO EN LA DIRECCION PROVINCIAL DE BOLETIN OFICIAL
SECRETARIA LEGAL DE GOBIERNO

La Corte salvaguarda la sostenibilidad del sistema de riesgos del trabajo, poniendo límites a prácticas abusivas

En un reciente pronunciamiento, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha reafirmado la solidez constitucional del sistema de resolución de controversias en materia de riesgos del trabajo, asestando un contundente golpe a aquellos que pretenden eludir la vía administrativa establecida por la ley. En el caso concreto, un trabajador, al sufrir un accidente laboral, demandó a su aseguradora, la ART, reclamando una cuantiosa indemnización que excedía ampliamente los límites establecidos por el régimen legal. Sin embargo, la Corte Suprema, en un detallado análisis jurídico, ha dejado en claro que la vía judicial no es la puerta de entrada para resolver este tipo de conflictos, sino que el ordenamiento jurídico ha previsto un mecanismo previo y obligatorio: el trámite ante las comisiones médicas.

Al analizar las argumentaciones del trabajador, en la causa BEHRENS, ROBERTO OSCAR c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL, quien cuestionaba la constitucionalidad de este requisito previo, el Máximo Tribunal ha sido categórico al afirmar que el sistema de comisiones médicas no vulnera garantías constitucionales fundamentales como el debido proceso, el acceso a la justicia o el derecho a un juez natural. Por el contrario, ha destacado que este mecanismo garantiza un procedimiento justo y eficiente, al contar con órganos especializados y técnicos para evaluar las cuestiones médicas y determinar las prestaciones correspondientes.

La Corte ha subrayado que la ley prevé la posibilidad de recurrir judicialmente las decisiones de las comisiones médicas, lo que asegura que los derechos de los trabajadores estén debidamente tutelados. Sin embargo, ha dejado en claro que la vía judicial no es una instancia sustitutiva de la administrativa, sino un mecanismo de control posterior.

Al establecer un marco claro y preciso para la resolución de estos conflictos, el fallo contribuye a brindar mayor seguridad jurídica a las partes involucradas y a garantizar la estabilidad del sistema de seguridad social, poniendo coto a aquellas pretensiones que buscan eludir los mecanismos legales establecidos y obtener beneficios económicos injustificados.

“Renta Auto S.R.L. c/La Porfiada S.A. s/ejecutivo s/incidente art 250” | Cita Digital: Delalenga 58310

“…el levantamiento de embargo sin tercería es una simple petición formulada cuando el derecho del requirente aparece con tal evidencia que hace innecesario deducir demanda de tercería. Debe acreditarse efectivamente la propiedad o posesión de los bienes embargados, debiendo surgir la misma inequívocamente de los elementos acompañados en la petición.”

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