Rechazo injustificado de prestaciones para un niño con discapacidad

La Corte Suprema dejó sin efecto una sentencia que había rechazado la cobertura de prestaciones solicitadas por la madre de un niño con discapacidad. La Cámara había denegado la acción de amparo presentada, argumentando que la madre no justificó su inasistencia a una evaluación del equipo interdisciplinario de la mutual. Sin embargo, la Corte consideró que esta decisión fue arbitraria, ya que no se realizó un análisis integral de la normativa aplicable. En particular, destacó que durante la pandemia de Covid-19, el aislamiento social obligatorio permitía el envío de documentación por medios digitales para modificar o iniciar prestaciones. Además, subrayó que la entrevista en cuestión coincidió con el período de aislamiento, lo cual no fue adecuadamente considerado en la sentencia anterior.

Es arbitraria la sentencia que rechazó la acción de amparo iniciada por la madre de un niño con discapacidad contra una obra social a fin de que ésta brinde la cobertura de la escuela especial y del acompañamiento terapéutico extraescolar domiciliario, pues la decisión tuvo por no justificada la inasistencia de la parte actora a la evaluación del equipo interdisciplinario que consideró sumamente necesaria, sin exponer fundamentos razonados que sostuvieran jurídicamente la obligación de comparecencia personal del afiliado en ese momento y con base en un examen inacabado de las propias normas que consideró aplicables al asunto.

El rechazo de la acción de amparo iniciada por la madre de un niño con discapacidad contra una obra social a fin de que ésta brinde la cobertura de escuela especial y del acompañamiento terapéutico extraescolar domiciliario es arbitrario, pues la cámara sustentó su decisión en lo dispuesto en un tramo de la resolución 1293/2020 de la Superintendencia de Servicios de Salud en lugar de efectuar un examen integral del dispositivo normativo, máxime cuando el art. 5 de la citada norma destaca que la evaluación de la persona con discapacidad tenía por finalidad asegurarle servicios accesibles, suficientes y oportunos; a la par que con la acción se procuraba la tutela de los derechos a la salud y a la educación de un niño con discapacidad en una situación de particular vulnerabilidad, dado el contexto sanitario adverso generado por la pandemia.

Boletín Oficial 5676

DECRETOS
1717 CONCEDE el usufructo de la Licencia Especial de Invierno correspondiente al año 2024, al
Secretario de Gestión Ejecutiva, señor Emmanuel TRENTINO MÁRTIRE
1
1718 REUBICA al agente Walter Nahuel LEIVA, al ámbito de la Dirección de Mantenimiento 2
1719 DECLARA Duelo Provincial con motivo de la desaparición física del Veterano de Guerra de Malvinas
Sr. Jorge Pablo FERNANDEZ

1720 REASUME sus funciones la señora Ministerio de Salud, Dra. Judit Jésica Rosana DI GIGLIO
3
1721 AUTORIZA la comisión de servicios del señor Secretario Legal de Gobierno, Dr. José Guillermo
CAPDEVILA, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

1722 DEJA sin efecto la designación del señor Mauro Héctor GILARDI, como Director Provincial de
Servicios Públicos Zona Norte
4
1723 DEJA sin efecto la designación de la señora Yésica Lorena YEGROS ANTUAL, como Coordinadora
Provincial de Enlace con la Ciudadanía, y la DESIGNA en el cargo de Subsecretaria de Gestión
Operativa

1724 DEJA sin efecto la designación dispuesta por el medio del Decreto Provincial N° 13/24, de la
señora Eliana Soledad GOMEZ, como Directora Provincial de Servicios Complementarios, y la
DESIGNA en el cargo de Directora Provincial de Programas Especifícos Zona Sur
5
1725 DESIGNA a la señora Cintia Milena JARA, en el cargo de Coordinadora Provincial Interdisciplinaria 6
1726 DESIGNA en Planta Permanente de la Administración Pública Provincial en el ámbito de la Dirección
General Centro de Rehabilitación Ushuaia, al señor Mauricio Javier GODOY MALDONADO
7
RESOLUCIONES MINISTERIO DE EDUCACION
1810/24 a 1845/24 – 1847/24 a 1863/24 –
1865/24 a 1866 /24 – 1868/24 a 1874/24 –
1876/24 a 1881/24 – 1883/24 a 1903/24 –
1906/24 a 1918/24 – 1920/24 a 1932/24 –
1936/24 a 1940/24 – 1942/24 a 2010/24 –
2012/24 a 2047/24 – 2049/24 a 2069/24 –
2071/24 – 2073/24 a 2088/24 – 2090/24 a
2092/24 – 2094/24 a 2096/24 – 2098/24 a
2109/24 – 2111/24 a 2126/24 – 2128/24 a
2148/24 – 2151/24 a 2167/24 – 2171/24 –
2173/24 – 2176/24 a 2177/24 – 2187/24 –
2189/24 a 2191/24 – 2195/24 a 2199/24 –
2202/24 – 2210/24 a 2231/24 – 2236/24 –
2238/24 – 2242/24 a 2244/24
8
RESOLUCION PRESIDENCIA DE LA OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA
1258/24
425
COMUNICADO
La Municipalidad de Ushuaia informa Circular Modificatoria N° 01 en relación al llamado a
Licitación Pública SP e IP N° 08/2024
437
LICITACIONES
La Dirección Provincial de Energía llama a Licitación Pública N° 08/2024 437
La Dirección Provincial de Energía llama a Licitación Pública N° 09/2024

La Agencia de Recaudación Fueguina de la Provincia llama a Licitación Privada N° 05/24
438
El Ministerio de Economía de la Provincia llama a Licitación Pública N° 01/24 RAF 512

La Obra Social de la Provincia llama a Licitación Pública N° 07/24
439
CONVOCATORIA
SUEÑO FUEGUINO S.A. convoca a accionistas a Asamblea General Ordinaria 440
EDICTOS
El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 DJN, comunica autos caratulados “SENKOVIC LUIS
ALBERTO NICOLAS C/ BILIBA PABLO S/ USUCAPION”
441
El Registro Provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas Dirección Zona Sur de la
Secretaría de Malvinas A. e I.A.S. y Asuntos Internacionales informa actuaciones caratuladas:
“S/SOLICITUD DE EXTENSIÓN PENSIÓN DE GUERRA LEY 407 Y MODIFICATORIAS
DESTINADA A LA SRA. MARTA ELENA ECHAVILLU VIUDA DEL VGM ANGEL B. PAEZ”

El Registro Provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas Dirección Zona Sur de la
Secretaría de Malvinas A. e I.A.S. y Asuntos Internacionales informa actuaciones caratuladas:
“S/SOLICITUD DEL BENEFICIO QUE MARCA LA LEY PROV. 407 POR LA SRA. LOIZA
ANA ISABEL DNI 10784476, VIUDA DEL VGM TOLOSA EMANUEL ARMANDO”
442
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 DJS, comunica autos caratulados
“HUENANTE HUENANTE JOSE JUVENAL S/ SUCESION AB – INTESTATO”

La Dirección de Recaudación de la Agencia de Recaudación Fueguina comunica que
procederá a la destrucción de la documentación de contribuyentes con cese definitivo
de actividades
443
El Juzgado de primera Instancia Electoral provincial, hace saber a los partidos político “LA
LIBERTAD AVANZA s/ RECONOCIMIENTO COMO PARTIDO POLITICO PROVINCIAL”
445
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 DJS, comunica autos caratulados
“MARTINEZ RAMON ROLANDO S/ SUCESION AB – INTESTATO”

El Juzgado de Compentencia Integral en materia Penal, Civil, Comercial, Laboral, de Familia y
Contravenciones del DJN, comunica autos caratulados”ACCETTI MARIA ALEJANDRA
S/SUCESION AB – INTESTATO”

El Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 DJN, comunica autos
caratulados “ENRIQUEZ DANIEL FERNANDO S/ SUCESION AB-INTESTATO”
447
El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 2 DJS, comunica autos caratulados
“LATORRE Antonio Pascual S/SUCESION AB INTESTATO”
448
SUMARIO 449
EDITADO EN LA DIRECCION PROVINCIAL DE BOLETIN OFICIAL
SECRETARIA LEGAL DE GOBIERNO

“A.P.S. c/ C.M.B. s/ daños y perjuicios” | Cita Digital: Delalenga 50831

“… entre las partes existió un contrato de depósito irregular, en virtud del cual la demandada aceptó que su sobrina utilizara su caja de seguridad para resguardar la suma de dinero que fue entregada a los delincuentes.” “…en el caso del depósito irregular de una suma de dinero, el depositario se encuentra obligado a restituir […]

La inteligencia artificial como aliada en fallos judiciales

El Juzgado de 1ra. Inst. Civil y Comercial 14ta. Nom. de Rosario, aborda la resolución de una medida autosatisfactiva presentada por la actora para asegurar el abastecimiento de agua corriente para uso y consumo humano, luego de un incumplimiento por parte de la empresa demandada. El tribunal resolvió a favor de la actora, ordenando a la demandada no solo el restablecimiento del suministro, sino también la aplicación de una bonificación al usuario por los inconvenientes sufridos. Hasta aquí estaríamos reseñando un caso mas, pero lo novedoso de este fallo radica en la utilización de herramientas tecnológicas como META IA y el botón de inteligencia artificial de WhatsApp para recabar pruebas informativas.

La tecnología jugó un papel determinante en el análisis y resolución del caso, facilitando el acceso a información relevante y verificable en tiempo real. La sentencia no solo garantiza el suministro de agua como derecho básico, sino que también contempla una compensación económica.

La incorporación de nuevas tecnologías, como META IA y la inteligencia artificial de WhatsApp, está transformando el ámbito judicial. El uso de estas herramientas permite agilizar la obtención de pruebas y mejorar la toma de decisiones, elevando la eficiencia y precisión en los procesos legales. Este caso sienta un nuevo precedente en cuanto a la aplicación de tecnología en la justicia, destacando su papel en la protección de derechos fundamentales.

“FERNÁNDEZ ANDRÉS DARÍO C/ SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ DESPIDO” | Cita Digital: Delalenga 50845

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial DJN destacó que, aunque el trabajo del perito evaluador de siniestros pudiera parecer subordinado, la autonomía de Fernández fue crucial para determinar la naturaleza de su relación contractual. Fernández controlaba aspectos clave de su labor, como el lugar, el horario y los recursos utilizados, sin recibir […]

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