Decreto Provincial 1713/24 Incorpora el cargo de Estructura Política de la Subsecretaría de Enlace con la Ciudadanía, a la Secretaría de Atención Ciudadana e Inclusión dependiente del Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia

Decreto Provincial 1713/24 Incorpora el cargo de Estructura Política de la Subsecretaría de Enlace con la Ciudadanía, a la Secretaría de Atención Ciudadana e Inclusión dependiente del Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia

Boletín Oficial 5675

DECRETOS
AUTORIZA la adscripción del docente Marcelo Alejandro GEROLI, al ámbito del Concejo
Deliberante del municipio de la ciudad de Ushuaia
1
1707 AUTORIZA la adscripción del agente Aníbal Norberto GAGO, al ámbito de la Legislatura Provincial 2
1708 RATIFICA en todos sus términos el Acuerdo de Cooperación Internacional celebrado entre la
Provincia y la Organización Internacional de Migrantes
3
1709 AUTORIZA la adscripción de la agente Liliana Ester OYARZO VILLEGAS al ámbito de la
Municipalidad de la ciudad de Tolhuin
6
1710 AUTORIZA la adscripción del docente Pablo Andrés RIZZO, al ámbito del Concejo Deliberante de
la municipalidad de Río Grande
7
1711 AUTORIZA la reubicación definitiva del agente Fernando Jorge CASTAGNET, al ámbito de la
Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios (D.P.O.S.S.)
9
1712 AUTORIZA la ampliación del Fondo Permanente denominado “FONDO PERMANENTE
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO – SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN DIGITAL Y
MEDIOS”
10
1713 INCORPORA el cargo de Estructura Política de la Subsecretaría de Enlace con la Ciudadanía, a la
Secretaría de Atención Ciudadana e Inclusión dependiente del Ministerio de Bienestar Ciudadano
y Justicia
11
1714 SUPRIME el cargo de la Dirección Provincial de Cultos dependiente de la Secretaría de Derechos
Humanos e Igualdad del Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia. Deja sin efecto la designación
del señor Javier Dario CAMPERO
12
1715 RECTIFICA el Decreto Provincial Nº 1658/24

1716 AUTORIZA la comisión de servicios de la señora Ministro de Producción y Ambiente, Lic. Karina
Daniela FERNANDEZ, a la ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba
13
RESOLUCIÓN SUBSECRETARÍA LEGAL – SECRETARÍA LEGAL DE GOBIERNO
003/24
14
RESOLUCIONES DIRECTORIO – OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA
214/24 a 279/24 – 302/24 a 338/24
16
RESOLUCIONES DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
FUEGUINA (A.RE.F.)

595/24 a 609/24 – 611/24 – 612/24 –
615/24 – 619/24 a 642/24 – 644/24 a
654/24 – 656/24 a 676/24 – 698/24
73
DISPOSICIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA DE LA SECRETARÍA DE
INDUSTRIA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA – MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Y AMBIENTE

001/24
182
DISPOSICIONES DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
COORDINACIÓN LEGAL – SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA –
SECRETARÍA LEGAL DE GOBIERNO

010/24 – 011/24
184
DISPOSICIONES DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS E
INFRAESTRUCTURA DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA (A.RE.F.)
090/24 a 103/24
192
COMUNICADOS
La Municipalidad de Ushuaia informa Circular Modificatoria N° 02 en relación al llamado a
Licitación Pública N° 08/2024
207
La Municipalidad de Ushuaia informa Circular Modificatoria N° 01 en relación al llamado a
Licitación Pública SP e IP N° 08/2024
212
LICITACIONES
El Ministerio de Salud llama a Licitación Pública N° 08/2024 RAF 525 212
La Dirección Provincial de Energía llama a Licitación Pública N° 08/2024

La Dirección Provincial de Energía llama a Licitación Pública N° 09/2024
213
La Agencia de Recaudación Fueguina de la Provincia llama a Licitación Privada N° 05/24

El Ministerio de Economía de la Provincia llama a Licitación Pública N° 01/24 RAF 512
214
CONVOCATORIA
SUEÑO FUEGUINO S.A. convoca a accionistas a Asamblea General Ordinaria 215
EDICTOS
El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 DJN, comunica autos caratulados “SENKOVIC LUIS
ALBERTO NICOLAS C/ BILIBA PABLO S/ USUCAPION”
215
El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 2 DJS, comunica autos caratulados
“QUIROGA ANTEZANA MARTHA SULMA S/ SUCESION AB – INTESTATO”
216
El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 1 DJS, comunica autos caratulados
“HOYOS HUMBERTO VICTOR S/ SUCESION”

El Registro Provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas Dirección Zona Sur de la
Secretaría de Malvinas A. e I.A.S. y Asuntos Internacionales informa actuaciones caratuladas:
“S/SOLICITUD DE EXTENSIÓN PENSIÓN DE GUERRA LEY 407 Y MODIFICATORIAS
DESTINADA A LA SRA. MARTA ELENA ECHAVILLU VIUDA DEL VGM ANGEL B. PAEZ”
217
El Registro Provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas Dirección Zona Sur de la
Secretaría de Malvinas A. e I.A.S. y Asuntos Internacionales informa actuaciones caratuladas:
“S/SOLICITUD DEL BENEFICIO QUE MARCA LA LEY PROV. 407 POR LA SRA. LOIZA
ANA ISABEL DNI 10784476, VIUDA DEL VGM TOLOSA EMANUEL ARMANDO”
218
El Juzgado de primera Instancia Electoral provincial, hace saber a los partidos político “LA
LIBERTAD AVANZA s/ RECONOCIMIENTO COMO PARTIDO POLITICO PROVINCIAL”
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 DJN, comunica autos caratulados
“RUIZ MARCOS ANTONIO S/ SUCESION AB – INTESTATO”

La Dirección de Recaudación de la Agencia de Recaudación Fueguina comunica que
procederá a la destrucción de la documentación de contribuyentes con cese definitivo
de actividades
219
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 DJS, comunica autos caratulados
“HUENANTE HUENANTE JOSE JUVENAL S/ SUCESION AB – INTESTATO”
220
EDICTO IGJ: “CORPORACIÓN COSTA SUR SA” 221
EDICTO IGJ: “CALAIO SAS” 222
SUMARIO 223
EDITADO EN LA DIRECCION PROVINCIAL DE BOLETIN OFICIAL
SECRETARIA LEGAL DE GOBIERNO

De las medidas probatorias rechazadas en Primera Instancia a la decisión de la Cámara.

La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, se expidió en la causa “La Corte S.A. c/ García Lussardi, Rodrigo y otro s/proceso de conocimiento”, en la cual se revoca una decisión de primera instancia que había rechazado la producción de prueba testimonial. La cuestión gira en torno a una solicitud de que a los testigos ofrecidos se les exhibieran compacts discs y correos electrónicos, como parte de una medida probatoria. En primera instancia, esta solicitud fue denegada bajo el argumento de que la alta demanda de servicios en el Área de Videoconferencias, audio y video de la Dirección General de Tecnología del Consejo de la Magistratura, junto con la suficiencia de la prueba restante, justificaban el rechazo de la prueba testimonial.

Sin embargo, la Cámara consideró que esta negativa no se sustentaba en razones válidas ni suficientes. De acuerdo con el fallo, el principio de amplitud probatoria debe prevalecer, permitiendo que se produzcan todas las pruebas pertinentes para el esclarecimiento de los hechos. La Cámara señaló que los argumentos expresados por la jueza de primera instancia no evidenciaban que las declaraciones de los testigos fueran manifiestamente improcedentes, superfluas o dilatorias, tal como lo establece el artículo 364 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN).

En consecuencia, la Cámara ordenó la producción de la prueba testimonial ofrecida, fundamentando su decisión en el artículo 260, inciso 2 del CPCCN, que refiere al derecho de las partes de producir la prueba necesaria para la correcta resolución del caso. Así, se reafirma el criterio de que la demanda de servicios tecnológicos no constituye una razón válida para limitar el acceso a medios probatorios esenciales.

La alta demanda de servicios en el área tecnológica no es suficiente para desestimar pruebas ofrecidas que puedan resultar esenciales para el esclarecimiento de los hechos en litigio, no puede limitarse la producción de prueba testimonial sin fundamentos sólidos que justifiquen su rechazo.

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