Conflicto de competencia en el marco de un divorcio y otras actuaciones vinculadas
El actor requirió la liquidación de la sociedad conyugal ante un juzgado de la Provincia de Santa Cruz que ya había decretado el divorcio. La ex cónyuge dedujo excepción de litispendencia y solicitó que la causa se acumule a otros reclamos que tramitaban ante un tribunal bonaerense con apoyo también en que allí se situaba el centro de vida del hijo del ex matrimonio. La Corte recordó el artículo 717, 1ª parte, del Código Civil y Comercial y consideró que era competente el tribunal del divorcio ya que cuando existe un juicio en sustanciación o con sentencia firme, las acciones conexas a éste que se refieran a los efectos de la disolución del vínculo conyugal y no involucren cuestiones tocantes a los hijos menores de edad, deben quedar radicadas ante el juez que previno. Agregó también que al comparecer ante el tribunal santacruceño y deducir excepciones, la demandada contestó y reconvino pero ni en esa oportunidad ni al plantear más tarde la revocatoria de lo resuelto invocó la existencia de afectaciones al debido proceso ni a su derecho de defensa. Finalmente, remarcó el Tribunal que cualquier duda que pudiera surgir sobre la posibilidad de sentencias contradictorias podría soslayarse requiriendo las constancias actuariales que se juzguen necesarias.
Te puede interesar:
Contenido exclusivo para miembros
Inicia sesion o adquiri una membresia para ver este PDF.
Post Relacionados:
Resolución General AFIP 5544/2024. Régimen especial de ingreso del impuesto sobre los bienes personales: implementación. Regula los requisitos, formas y condiciones que deben observar los contribuyentes y/o responsables a los fines de ejercer la opción de adhesión al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) establecido en el Capítulo I del Título III de la Ley 27743
Resolución General AFIP 5535/2024 – BIENES PERSONALES: BENEFICIOS PARA CONTRIBUYENTES CUMPLIDORES. La AFIP reglamentó los arts. 64 y 65 de la Ley 27743 (“Paquete fiscal”) por los que se establecen los beneficios para contribuyentes que no presenten deudas con el Impuesto a los Bienes Personales. Se determinan cuáles serán las condiciones, los requisitos y el procedimiento a seguir.
Resolución 3/2025 – REGISTRO NACIONAL DE ARMAS. Apruébase la implementación del trámite digital denominado “CLU DIGITAL”, para acceder a la condición de legítimo usuario de armas de fuego de uso civil, uso civil condicional y materiales de usos especiales, en el marco del Plan de Transformación Digital Integral del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (RENAR)
La Corte Revoca la Caducidad en Caso de Accidente Fatal, Cita la Omisión de Protección a los Derechos del Niño
EXCLUSIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS. SUCESIÓN. CÓNYUGE SUPÉRSTITE. SEPARACIÓN DE HECHO. BIENES GANANCIALES. COMUNIDAD DE BIENES GANANCIALES. Por Fernando Millán | Cita Digital: Delalenga 7019
Acuerdo de división de bienes “Nulo” por coerción y violencia de género
