📍 Ushuaia, Tierra del Fuego — Lun–Vie: 10–13hs y 16–20:30hs · Sáb: 10–13hs

CAMARA DE FRIGORIFICOS EXPORTADORES DE PESCADO DE RIO Y AFINES c/ SUBSECRETARIA DE PESCA Y AGRICULTURA DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986 | Cita Digital: Delalenga 58251

VOCES:

Requisitos de fundamentación del recurso extraordinario

El recurso extraordinario no satisface los requisitos de fundamentación que exige el art. 15 de la ley 48, si no se expone cuáles son las razones que dan sustento a la interpretación que el apelante atribuye a las normas federales que cita, ni controvierte los argumentos en que se apoyó la inteligencia que les asignó la cámara (Fallos: 270:176; 302:795; 302:1564; 303:972; 304:1087; 311:2619 y 316:832).

Contenido exclusivo para miembros

Inicia sesion o adquiri una membresia para ver este PDF.

Iniciar sesion Ver membresias

Compartir en redes:

Novedades

Nuestro equipo de atención al cliente está aquí para responder a sus preguntas. ¡Pregúntenos cualquier cosa!