Lenguaje claro y enfoque de género en la función judicial. Por Aldana Vega | Cita Digital: Delalenga 79096

El artículo de Aldana Vega desarrolla una tesis clara: el acceso real a la justicia no depende únicamente de la existencia de normas, sino de cómo estas se comunican y aplican. Su núcleo argumental sostiene que el lenguaje claro y la perspectiva de género deben ser considerados exigencias institucionales y no simples opciones metodológicas. La autora presenta a la doctrina judicial en clave evolutiva y supletoria, pues entiende que la función de los jueces no es solo aplicar normas preexistentes, sino transformar las prácticas discursivas y decisorias para garantizar efectivamente derechos fundamentales. En ese sentido, la doctrina judicial se convierte en fuente viva del derecho, capaz de adaptar los marcos normativos a estándares internacionales de derechos humanos.
El texto cita normas relevantes como la Acordada 178/2019 y la Resolución 26/2021 del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, además de la Resolución 2640/2023 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, todas orientadas a institucionalizar el uso del lenguaje claro. Asimismo, incorpora referencias a la CEDAW, la Convención de Belém do Pará y la Ley Micaela, en apoyo de la perspectiva de género. También se mencionan principios del Código Iberoamericano de Ética Judicial, consolidando la idea de que claridad y enfoque de género constituyen mandatos ético-legales.
El aporte novedoso del artículo radica en su propuesta de integrar simultáneamente lenguaje claro y perspectiva de género, mostrando ejemplos prácticos de redacción y destacando que esta conjunción no debilita el discurso jurídico, sino que lo legitima, lo humaniza y lo hace accesible. Se trata de un cambio cultural dentro del Poder Judicial: abandonar la falsa neutralidad, visibilizar desigualdades y transformar la justicia en un puente y no en una torre. El valor agregado de esta visión es su insistencia en que comunicar con claridad y juzgar con perspectiva de género no es una concesión, sino un deber legal, ético y humano.
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- Acordada 178/2019 Superior Tribunal de Justicia TDF. Incorpora el lenguaje claro en todos los procedimientos, productos y servicios del Poder Judicial de la provincia
- Resolución 26/2021 Secretaría de Superintendencia y Administración y a la Secretaría de Gestión y Coordinación Administrativa y Jurisdiccional. Poder Judicial TDF. Refuerza el compromiso institucional con el uso del lenguaje claro en todos los ámbitos del Poder Judicial fueguino
- Resolución 2640/2023. Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Establece formalmente la adhesión al lenguaje claro en las sentencias judiciales, promoviendo el acceso a la justicia y la transparencia institucional
- LEY 24632 – Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra La Mujer – “Convención de Belem do Pará”
- LEY 1293 – LEY MICAELA – CAPACITACIÓN OBLIGATORIA EN GÉNERO PARA TODAS LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LOS TRES PODERES DEL ESTADO , ADHESIÓN DE LA PROVINCIA A LA LEY NACIONAL 27499