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El Juez Francisco Cappellotti analiza en su artículo la inconstitucionalidad del Decreto Nacional 669/19 en torno a la Ley de Riesgos del Trabajo. Se enfoca en cómo la inflación impacta en la aplicación de normas jurídicas, creando incertidumbre y posiblemente afectando principios constitucionales. El decreto modifica la forma de calcular indemnizaciones por accidentes laborales, reemplazando, en un pasaje, la tasa de interés activa por el índice RIPTE.
En su exposición analiza las circunstancias especiales en que se dictó el decreto, postulando su inconstitucionalidad. Si bien alguna jurisprudencia reciente favorece su aplicación por beneficiar actualmente al trabajador, Cappellotti entiende que los fundamentos del decreto en trato no reflejan ese propósito y, por ende, tampoco puede avalarse en tal sentido.
Se puede convalidar un Decreto de Necesidad y Urgencia que no cumple los requisitos constitucionales? Para responder a este interrogante se analiza por un lado la importancia del Fallo “Gorocito” de la Sala V de la Cámara Nacional del Trabajo en contraposición con otra interpretación diferente realizada por la misma Cámara (Sala I) en el fallo “Medina”.
De esta manera, el Dr. Francisco Cappellotti, nos hace recapacitar respecto a la importancia de adherirse a los principios constitucionales y evaluar críticamente la inconstitucionalidad del Decreto 669/19, priorizando proteger los derechos de los trabajadores, pero sin alterar la integridad del sistema jurídico, especialmente, en contextos económicos tan cambiantes en los que vivimos.
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Los Dres. “Mil & Vanmil” nos traen su artículo titulado “Análisis Crítico de la Ley Provincial 1313: Implicancias Constitucionales y su Impacto en el Proceso Judicial”, en el que se aborda una exhaustiva revisión de la mencionada ley, poniendo en relieve sus aspectos más controvertidos y sus posibles conflictos con principios constitucionales. La Ley Provincial 1313, modificatoria del Código Procesal Penal de la provincia, que introduce un procedimiento de consulta automática en casos de libertad anticipada, ha generado un intenso debate en el ámbito jurídico debido a sus implicaciones en la separación de poderes y el debido proceso legal.
El trabajo examina detalladamente cómo la ley altera la dinámica del proceso judicial, especialmente en lo que respecta a la ejecución penal. Se analiza la constitucionalidad del mecanismo de revisión automática impuesto por la norma, cuestionando si esta práctica constituye una intrusión del poder legislativo en las funciones judiciales. Se argumenta que tal intrusión podría ser una violación de la separación de poderes, un pilar fundamental del sistema democrático.
Además, profundizan en cómo esta disposición puede afectar la imparcialidad y equidad del proceso judicial. Se plantea la preocupación de que la ley podría convertir el proceso penal en un vehículo para la venganza personal, minando los objetivos de rehabilitación y reinserción social de los condenados.
El artículo también establece comparaciones con el proceso de hábeas corpus, destacando diferencias claves en cuanto a fundamentos constitucionales, propósitos y aplicaciones prácticas.
A través de un análisis crítico, se busca comprender si la Ley Provincial 1313 respeta los principios de la justicia penal y las garantías constitucionales o si, por el contrario, representa un retroceso en la protección de los derechos individuales dentro del sistema judicial.
El planteo de los Dres. “Mil & Vanmil” proporciona una perspectiva integral y reflexiva sobre una legislación polémica, aportando un análisis jurídico profundo indispensable para entender los desafíos actuales que enfrentan tanto el derecho penal como el constitucional.
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El reciente fallo “Rojas” aborda la problemática de la reparación integral del daño en el ámbito del proceso penal, desafiando la rigidez temporal establecida por el precedente “Schof”. La resolución inicial de primera instancia, que negaba la solicitud del demandado para iniciar el proceso de reparación integral post-citación a juicio, fue apelada en base a una interpretación restrictiva del mencionado precedente. El Tribunal Supremo de la Provincia de Tierra del Fuego, al revisar el fondo del recurso, se encontró ante la disyuntiva de adherir a una interpretación literal del plazo preestablecido o flexibilizar la normativa en aras de favorecer el derecho sustancial a la reparación.
La sentencia del tribunal revela una tendencia hacia una interpretación holística y no restrictiva del derecho penal, en la cual se pondera el objetivo de pacificación del conflicto y la limitación del ius puniendi estatal, por encima de la mera observancia de plazos procedimentales. Al desestimar la aplicación inflexible del plazo del precedente “Schof”, el fallo destaca la importancia de valorar cada caso en su contexto particular, permitiendo así la intervención del fiscal para evaluar la pertinencia de la reparación integral.
Este enfoque se alinea con los principios de justicia restaurativa, procurando evitar la estigmatización del imputado y promoviendo la participación activa de la víctima en la resolución del conflicto. La decisión subraya que el rechazo de la reparación integral por una presentación tardía contradice el espíritu de la ley, que busca la resolución alternativa de conflictos y la recomposición de la paz social.
El fallo “Rojas” refuerza la noción de que el derecho penal debe servir como último recurso, privilegiando soluciones que restituyan el daño y fomenten la reinserción social sobre medidas puramente punitivas. Es un paso adelante hacia un sistema penal más humano y eficiente, que contempla tanto la realidad procesal como la necesidad de garantizar los derechos fundamentales.
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El artículo del Dr. Eduardo Roberto Urquiza se adentra en el complejo entramado del derecho procesal penal argentino, centrándose en el análisis crítico de la coherencia normativa entre el mandato de oficiosidad de la acción penal establecido por el Código Penal y las disposiciones procesales que regulan su disponibilidad. A través de un exhaustivo examen de la legislación y de la práctica jurídica actual, el Dr. Urquiza aborda la potencial inconsistencia surgida a raíz de la reforma impulsada por la Ley 27.147, la cual ha desencadenado un intenso debate sobre la constitucionalidad de las recientes modificaciones en el articulado penal, específicamente el artículo 71, y su concordancia con los principios federalistas que rigen la distribución de competencias legislativas en Argentina.
Su presentación pone de manifiesto las tensiones entre la doctrina nacional histórica y las disposiciones procesales modernas, analizando la capacidad de las provincias de regular la acción penal y su choque con las prerrogativas federales. Se indaga en la práctica procesal penal, considerando la posición de la víctima y la autoridad del Estado en el impulso de la acción penal. Así, se plantea una discusión sobre la potencial transformación autoritaria que podría sugerir el ejercicio oficioso de la acción penal, evaluando si efectivamente dicha práctica se alinea con los principios de un Estado democrático que debe equilibrar la persecución del delito con la protección de los derechos individuales.
El Dr. Urquiza propone un análisis meticuloso de la relación simbiótica entre derecho penal y derecho procesal penal, interrogándose sobre la validez y eficacia de un sistema que parece oscilar entre la oficialidad y la disponibilidad de la acción penal.
En definitiva, su trajo revela una profunda problemática constitucional, poniendo en tela de juicio si la arquitectura actual del derecho procesal penal en Argentina resiste el análisis de conformidad con los más altos estándares de justicia y los principios fundamentales de su Carta Magna.
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El Dr. Maximiliano Tavarone a través de su artículo “La información pública y la necesidad de avanzar hacia un Estado abierto, con transparencia activa y aplicación de ciencia de datos”, analiza el derecho de acceso a la información pública, poniendo especial énfasis en la normativa de Tierra del Fuego, representada por la Ley Provincial 653. Destaca la importancia esencial de este derecho y subraya la urgencia de modernizar ciertos aspectos para robustecer su protección. La legislación provincial se compara con su contraparte federal, destacando la evolución que ha experimentado, la influencia ejercida por organismos internacionales, y la jurisprudencia emitida por la CSJN en este ámbito. Además, el autor enfatiza la necesidad de introducir ajustes regulatorios que potencien la transparencia, promuevan el uso de un lenguaje más accesible y mejoren la calidad de los datos estadísticos e información disponible. Estos aspectos son cruciales no solo para el control público, sino también para una efectiva toma de decisiones gubernamentales y el impulso económico desde el sector privado.
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25 DE OCTUBRE – USHUAIA
LUGAR: SALA NINÍ MARSHALL
14 h Saludos Protocolares.
- Sr. Sebastián Iriarte, Jefe de Gobierno de la Municipalidad de Ushuaia
- Lic. Eugenia Álvarez, Secretaria de Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, A. e I.A.S.
- Dr. Daniel Fernández, Rector de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego (UNTDF)
- Sr. Jorge Herrera, Secretario de Ambiente de la Municipalidad de Ushuaia
- Dra. Eleonora Lucía De Maio, Asociación Argentina de Justicia Constitucional (AAJC)
- Téc. Tabaré Barreto, Estepa Viva
- Vet. Alejandro Núñez G., Universidad de Magallanes. “Historia de Coloquios Binacionales como Estrategia De Resiliencia Ciudadana frente al Cambio Climático”.
MESAS DE TRABAJO BINACIONAL
14:30 h
1) PROTECCIÓN DE OCÉANOS Y SU BIODIVERSIDAD:
- Pablo Melo, Diseñador Gráfico de Naturaleza, Fundación Ciudadanos y Clima.
- Mariano Rodríguez, Buzo profesional y personal no docente de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego (UNTDF)
- Mg. Abog. Alejandro