La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Horacio L. Días y Eugenio C. Sarrabayrouse, confirmó por unanimidad la condena a ocho años de prisión impuesta a Israel Llanos Flores por el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado en perjuicio de su prima menor de edad, junto con tentativa de abuso sexual simple.
El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 24 había sido recurrido por la defensa, que cuestionó la incorporación por lectura de la declaración en Cámara Gesell de la víctima y alegó la falta de intervención de la asesoría de menores, además de pedir una recalificación a abuso simple.
La Cámara consideró que el recurso era formalmente admisible pero carecía de sustento. El juez Días explicó que la defensa tuvo oportunidad de controlar la prueba, ya que fue notificada y participó de la producción de la Cámara Gesell, y que no acreditó perjuicio alguno. Añadió que volver a citar a la víctima, ya mayor de edad, habría implicado revictimizarla.
En cuanto al segundo agravio, el tribunal determinó que los hechos ocurrieron cuando la víctima tenía ocho años y el acusado diecinueve, por lo que no correspondía la intervención de un defensor de menores. Finalmente, ratificó que el relato de la víctima fue coherente, persistente y verosímil, respaldado por informes psicológicos, y confirmó la condena original con costas.
Versión en lenguaje claro
Casación confirmó la condena por abuso sexual
La Cámara Nacional de Casación Penal (Sala II) confirmó la condena a ocho años de prisión para Israel Llanos Flores por abusar reiteradamente de su prima cuando era niña.
La defensa pidió anular la causa porque se usó la grabación de la Cámara Gesell y porque no participó un defensor de menores. Los jueces señalaron que la defensa fue notificada y pudo intervenir, y que volver a citar a la víctima solo hubiera causado un nuevo daño emocional.
También rechazaron el argumento de que el acusado era menor al momento de los hechos: tenía diecinueve años cuando comenzaron los abusos. La Cámara sostuvo que el testimonio de la víctima fue claro, coherente y respaldado por informes psicológicos.
El tribunal —con el voto unánime de los jueces Horacio Días y Eugenio Sarrabayrouse— decidió mantener la condena y la pena de ocho años de prisión.
Post Relacionados:
La Suprema Corte bonaerense sigue reforzando el control judicial sobre los DNU. Confirmó la condena a una ART por accidente laboral y declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19.
La Cámara de Río Grande revocó un fallo y avaló despidos por fuerza mayor tras un incendio
La Cámara confirma nulidad y valida pericia por tala y camino en Parque Nacional de Tierra del Fuego
CSJN: no constituye notificación válida la lectura de la condena sin la presencia del imputado
Cámara Federal de Casación Penal confirmó condena contra Cristina Kirchner y la inhabilitó para ejercer cargos públicos
Cámara Civil eleva indemnización y condena a abogados por omitir prueba en juicio laboral