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Debate oral y derecho de defensa. Casación confirmó condena y avaló Cámara Gesell como prueba válida

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Horacio L. Días y Eugenio C. Sarrabayrouse, confirmó por unanimidad la condena a ocho años de prisión impuesta a Israel Llanos Flores por el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado en perjuicio de su prima menor de edad, junto con tentativa de abuso sexual simple.

El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 24 había sido recurrido por la defensa, que cuestionó la incorporación por lectura de la declaración en Cámara Gesell de la víctima y alegó la falta de intervención de la asesoría de menores, además de pedir una recalificación a abuso simple.

La Cámara consideró que el recurso era formalmente admisible pero carecía de sustento. El juez Días explicó que la defensa tuvo oportunidad de controlar la prueba, ya que fue notificada y participó de la producción de la Cámara Gesell, y que no acreditó perjuicio alguno. Añadió que volver a citar a la víctima, ya mayor de edad, habría implicado revictimizarla.

En cuanto al segundo agravio, el tribunal determinó que los hechos ocurrieron cuando la víctima tenía ocho años y el acusado diecinueve, por lo que no correspondía la intervención de un defensor de menores. Finalmente, ratificó que el relato de la víctima fue coherente, persistente y verosímil, respaldado por informes psicológicos, y confirmó la condena original con costas.

 

 

Versión en lenguaje claro

Casación confirmó la condena por abuso sexual

La Cámara Nacional de Casación Penal (Sala II) confirmó la condena a ocho años de prisión para Israel Llanos Flores por abusar reiteradamente de su prima cuando era niña.

La defensa pidió anular la causa porque se usó la grabación de la Cámara Gesell y porque no participó un defensor de menores. Los jueces señalaron que la defensa fue notificada y pudo intervenir, y que volver a citar a la víctima solo hubiera causado un nuevo daño emocional.

También rechazaron el argumento de que el acusado era menor al momento de los hechos: tenía diecinueve años cuando comenzaron los abusos. La Cámara sostuvo que el testimonio de la víctima fue claro, coherente y respaldado por informes psicológicos.

El tribunal —con el voto unánime de los jueces Horacio Días y Eugenio Sarrabayrouse— decidió mantener la condena y la pena de ocho años de prisión.

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