La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Sala 7, de Buenos Aires, en la causa “M., W. Y. s/ Internación. Robo con armas en poblado y en banda”, confirmó la decisión que mantuvo la internación de un adolescente en un dispositivo socioeducativo.
La defensa había apelado la resolución del Juzgado Nacional de Menores N° 3 que rechazó el egreso del joven y dispuso continuar con la medida por el tiempo mínimo e indispensable. El caso se originó en un hecho atribuido al adolescente junto con otros menores y una persona no identificada: una sustracción nocturna en la vía pública, con uso de arma de fuego, golpes reiterados a una víctima y desapoderamiento de dos teléfonos celulares.
En primera instancia, la jueza procesó al joven y a los demás menores como coautores del delito de robo agravado por el uso de arma, sin prisión preventiva por su minoridad. La defensa pidió su egreso, apoyada en un primer informe que señalaba la existencia de referentes adultos y proponía la intervención de un programa comunitario.
Sin embargo, informes posteriores indicaron dificultades familiares para sostener límites, interrupción escolar y la necesidad de un abordaje sostenido. También se informó que el joven fue derivado a una residencia socioeducativa de libertad restringida, con un plan de trabajo individual orientado a la responsabilización, la continuidad educativa, actividades recreativas y atención en salud mental.
Por voto de los jueces Ricardo Matías Pinto y Mariano A. Scotto, el Tribunal confirmó la resolución apelada. Consideró que la medida era razonable, idónea y proporcional para asegurar el proceso y proteger integralmente al adolescente. También valoró la gravedad del hecho, la cercanía entre el domicilio del joven y las víctimas, el temor manifestado por estas y la existencia de un partícipe prófugo. La decisión fue unánime, con la no intervención del juez Juan Esteban Cicciaro.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
El caso trata sobre la internación de un adolescente acusado de participar en un robo armado en la vía pública.
Antecedentes
La defensa pidió que el joven saliera del dispositivo de internación. Sostuvo que tenía adultos de referencia y que podía ser acompañado por un programa comunitario.
El juzgado rechazó el egreso. Consideró que hacía falta profundizar la evaluación del adolescente. También tuvo en cuenta nuevos informes profesionales.
El joven había sido procesado por robo agravado con arma. No se le dictó prisión preventiva porque es menor de edad.
Decisión final
La Cámara confirmó la internación. Los jueces dijeron que la medida era razonable, necesaria y proporcional.
El Tribunal valoró la gravedad del hecho. También tuvo en cuenta que las víctimas vivían cerca del joven, que manifestaron temor y que otro participante seguía prófugo.
La internación no fue presentada como castigo. Fue considerada una medida socioeducativa. Su finalidad es trabajar sobre la responsabilidad del joven, su escolaridad, sus vínculos y su salud.
Conclusión
La internación de un adolescente debe ser excepcional y revisada periódicamente.
Pero puede mantenerse cuando existen datos concretos que muestran riesgos para el proceso y necesidad de protección integral. En este caso, la Cámara entendió que todavía no era momento de disponer el egreso.
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