📍 Ushuaia, Tierra del Fuego — Lun–Vie: 10–13hs y 16–20:30hs · Sáb: 10–13hs

G. M. V. C/OSDE S/AMPARO  | Cita Digital: Delalenga 17722

VOCES:

Se confirma la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo peticionada a favor de un niño con discapacidad (con trastorno del espectro autista), y ordenó a OSDE que arbitre los medios necesarios para garantizarle el derecho a la salud, debiendo cubrir el ciento por ciento de las prestaciones y tratamientos sugeridos para su afección. Ello, conforme su interés superior, debiendo además mantenerse los profesionales con los que el niño vino sosteniendo las terapias y con los que forjó un buen vínculo.

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