Flexibilización del Certificado Único de Discapacidad mediante un régimen adaptable y sin vencimiento obligatorio
La Ley Nacional 27711 introduce una modificación relevante al régimen del Certificado Único de Discapacidad (CUD) previsto en la Ley 22.431, al establecer que dicho certificado podrá expedirse con o sin fecha de vencimiento, superando el esquema rígido anterior basado en renovaciones periódicas obligatorias . Esta reforma se inscribe en una concepción dinámica de la discapacidad, alineada con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que reconoce la variabilidad de las condiciones y la necesidad de adaptar las políticas públicas a dicha realidad.
El articulado asigna a la Agencia Nacional de Discapacidad la responsabilidad de actualizar el régimen del CUD, estableciendo lineamientos para flexibilizar los requisitos de otorgamiento y fortalecer las juntas evaluadoras, con intervención del Consejo Federal de Discapacidad conforme a la Ley 24.657. Asimismo, se reconoce el derecho de las personas beneficiarias a solicitar la actualización del certificado en cualquier momento, lo que introduce un criterio de mayor autonomía y accesibilidad.
Desde el punto de vista jurídico, la norma se integra al bloque de constitucionalidad federal en materia de derechos de las personas con discapacidad, reforzando el principio de igualdad real y el enfoque de derechos humanos. Su impacto radica en la reducción de barreras administrativas y en la mejora del acceso a prestaciones, aunque plantea desafíos en la implementación uniforme y en la capacidad operativa de las juntas evaluadoras.
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LEY 27711 – CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD
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