Se confirma la condena de prisión perpetua dictada en orden al delito de homicidio cuádruplemente calificado -por el vínculo, ensañamiento, alevosía y por mediar violencia de género-, al acreditarse que el imputado (padre de la víctima) mató a su hija valiéndose de la autoridad y sometimiento que ejercía sobre ella -en razón de su condición de hombre y ascendiente-, colocándola en estado de indefensión dada la imposibilidad de que en ese lugar pudieran recibir el auxilio de terceros y, aprovechando esta circunstancia, ultimó cruelmente a su hija aplicándole al menos dieciséis (16) golpes en la cabeza con un elemento contundente, generándole un sufrimiento innecesario.
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