El Titular del Juzgado de Instrucción n° 1 del Distrito Judicial Sur, Dr Javier De Gamas Soler, quien rechazó la Inhibición formulada por su par del Juzgado de Instrucción n° 2 del mismo distrito, Dra María Cristina Barrionuevo. En autos se investiga la denuncia efectuada por M.N.N.M.. El Defensor Mayor solicitó la declinación de la competencia de la Juez Barrionuevo para intervenir la causa. Sostuvo que se declaró la nulidad de las declaraciones indagatorias cómo así también de la resolución por medio de la cual la magistrada ordenó el procesamiento de A.G.A.R. y J.L.L. A. al considerarlos prima facie coautores de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo, por tratarse de un descendiente, reiteradas, dos hechos, en concurso real y de lesiones leves reiteradas, dos hechos. En concurso real de los que resultarán damnificados N.E.y P.H.M.A.
El Juez De Gamas Soler sostuvo que los argumentos esgrimidos por el requirente y tenidos en cuenta por su colega de grado resultan especulativos y que al retrotraerse el proceso al momento del llamado a prestar declaración indagatoria, la parte podrá ejercer adecuadamente su derecho de defensa. Afirmó que un pronunciamiento declarado nulo de oficio por un error in procediendo no constituye por si una causal de prejuzgamiento. Las causales de Inhibición y recusación enumeradas por los códigos procesales tienen por objeto resguardar la imparcialidad de los magistrados que intervienen en el proceso. Este instituto funciona como una verdadera garantía constitucional en favor de los justiciables. Su evaluación debe responder a la exigencia de justicia en el caso, la cual sólo podrá ponderarse por medio del examen de las circunstancias que lo rodean. Establecido ello, entendemos que los motivos expuestos justifican el apartamiento de la titular del Juzgado de Instrucción n° 2 para intervenir en autos. El Superior Tribunal de Justicia resuelve aceptar la Inhibición formulada por la Titular del Juzgado de Instrucción n*° 2 del Distrito Judicial Sur, Dra María Cristina Barrionuevo para intervenir en las presentes actuaciones.
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