La Resolución Plenaria 150/2025 del Tribunal de Cuentas de la Provincia se funda en el Expediente 48/2024 TCP-SC, iniciado para analizar las liquidaciones de haberes del Escalafón SAT-Televisión correspondientes al ejercicio 2023, respecto del personal de LU 87 Canal 11 (Ushuaia) y LU 88 Canal 13 (Río Grande).
En ejecución del Plan de Auditoría 2024 (Informe Contable 444/2023 GEAH), el Grupo Especial de Auditoría de Haberes examinó reportes mensuales, evolución de escalas salariales y conceptos, y verificó legajos individuales, emitiendo el Informe Contable 7/2025.
Allí detectó, entre otros extremos, un marco normativo complejo y disperso, falta de control de jornada, intervención meramente formal de la UAI, jornadas inferiores a las previstas en el CCT 131/75 (arts. 133 y 222 inc. c), adicionales jerárquicos no contemplados en el Decreto Provincial 2146/1992, uso del “Adicional Gerencia” y del ítem “Sonidista” sin respaldo suficiente, aplicación indebida del divisor 150 y de recargos nocturnos y horas extras (arts. 134, 140 y 142 CCT), francos compensatorios sin documentación y retención del 1 % (Ítem 724 Prestaciones SAT) sin norma habilitante.
A instancia de la Secretaría Contable, la Secretaría Legal emitió el Informe Legal INF-SL-42/2025, calificando los hallazgos como incumplimientos formales y sustanciales conforme la Resolución Plenaria N.º 122/2018, sobre la base de un plexo integrado, entre otras, por las Leyes Provinciales 141, 50 y 495, el Decreto nacional 1102/1981, el Decreto Provincial 2146/1992, el Decreto 7589/2024, el CCT N.º 131/75 (arts. 133, 134, 140, 142, 217 y 222 inc. c), la Resolución SCG N.º 106/2013, las Resoluciones Plenarias 243/2022, 20/2025, 210/2022 y 122/2018, el Acta Acuerdo 25100/2024 y el Dictamen SLyT 1169/2004.
En su parte dispositiva, bajo la fórmula “EL TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE”, el órgano acoge las conclusiones técnico-contables y jurídicas, e intima a los órganos competentes del Poder Ejecutivo a adecuar el marco normativo del Escalafón SAT, regularizar y documentar los procedimientos de liquidación de haberes, unificar criterios entre ambas emisoras, justificar o reconducir los adicionales y retenciones observados y adoptar medidas organizativas (incluida la conformación de mesas de trabajo e investigaciones especiales) para cuantificar posibles perjuicios y determinar, en su caso, responsabilidades administrativas y patrimoniales.
Versión en lenguaje claro
¿De qué trata esta resolución?
El Tribunal de Cuentas analizó cómo se pagan los sueldos del personal de los canales públicos de televisión de la Provincia (Canal 11 de Ushuaia y Canal 13 de Río Grande) para el año 2023.
Un equipo de auditoría revisó la normativa aplicable, los informes mensuales y los legajos del personal. Encontró varios problemas: reglas dispersas y difíciles de aplicar, poca o nula supervisión de la jornada de trabajo, uso incorrecto de la fórmula para calcular horas extra, pagos por adicionales (“Gerencia”, “Sonidista” y otros jerárquicos) sin normas claras, diferencias de criterio entre canales, francos compensatorios sin respaldo escrito y un descuento del 1 % del sueldo sin base normativa evidente.
Luego, la Secretaría Legal estudió estos hallazgos y señaló que algunos son fallas formales (falta de papeles, registros incompletos) y otros pueden implicar pagos indebidos con posible perjuicio económico para el Estado.
¿Qué ordena el Tribunal?
El Tribunal adopta estas conclusiones y ordena al Poder Ejecutivo:
- Revisar y ordenar las normas aplicables al Escalafón SAT.
- Corregir y documentar adecuadamente los procedimientos de liquidación de haberes.
- Unificar los criterios de trabajo entre ambos canales.
- Revisar y, si corresponde, suspender o regularizar adicionales y descuentos observados.
- Implementar instancias de trabajo conjunto y, de ser necesario, investigaciones especiales para medir el impacto económico y definir responsabilidades.
Estas decisiones generan para la administración la obligación de adecuar su actuación a derecho y de garantizar transparencia y control en el pago de sueldos.
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