La presente resolución se origina a partir del análisis de las rendiciones de pasajes y viáticos tramitadas por la Secretaría de Hidrocarburos durante el año 2011, bajo la autorización del entonces Subsecretario, Ing. Daniel Blazquez. El procedimiento fue impulsado por la detección de irregularidades en la imputación de gastos a partidas presupuestarias correspondientes al Fondo de Afectación Específica creado por Ley Provincial 211, cuyo destino no se correspondía con el gasto ejecutado.
Durante el año 2011, el Subsecretario emitió las Resoluciones 160/11 y 223/11, rectificando imputaciones presupuestarias y reconociendo gastos por $79.492,96 con fondos destinados al desarrollo de recursos naturales. La Auditora Interna, CP Marcela Castillo, objetó esta práctica mediante el Informe Previo N° 40/2012, señalando el apartamiento de la normativa vigente. En febrero de 2013, la Secretaría de Energía e Hidrocarburos aprobó los gastos mediante la Resolución S.E.H. N° 016/13, siendo luego remitidas las actuaciones al Tribunal de Cuentas.
El Auditor Fiscal CP Leonardo Barboza elaboró el Acta de Constatación TCP N° 25/13 – P.E., realizando siete observaciones. Posteriormente, se emitieron los Informes Contables N° 238/2013 y N° 258/2013 que confirmaron la existencia de apartamientos normativos, destacándose la utilización indebida del fondo creado por la Ley 211, la falta de control preventivo, la extemporaneidad en los actos administrativos, y la omisión de documentación obligatoria como facturas y planillas de viáticos.
Desde la Secretaría Legal, el Dr. Sebastián Osado Viruel concluyó que el accionar del Ing. Blazquez podría encuadrarse en el delito de malversación de caudales públicos (art. 260 del Código Penal), ya que los fondos utilizados estaban afectados a un destino específico que fue desviado. Asimismo, se determinó la responsabilidad administrativa del entonces Secretario Omar Nogar por aprobar gastos sin intervención previa del Tribunal.
El Tribunal de Cuentas Resuelve:
- Denunciar penalmente al Ing. Daniel Blazquez por la presunta comisión del delito de malversación de caudales públicos (art. 260 CP).
- Aplicar una multa del 10% de su haber bruto de julio 2011.
- Sancionar con una multa del 5% al Secretario Omar Nogar por haber aprobado rendiciones sin intervención del Tribunal y sin la documentación exigida.
- Notificar a los funcionarios implicados, al personal del Tribunal interviniente y remitir actuaciones para la ejecución de las sanciones administrativas y penales.
Normativa y documentos citados:
- LEY 50 – TRIBUNAL DE CUENTAS
- LEY 141 – LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
- LEY 211 – FONDO PARA EL DESARROLLO DE LOS RECURSOS Y AMBIENTES NATURALES: CREACIÓN
- LEY 495 – ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PÚBLICO PROVINCIAL
- Decreto Provincial 1122/02 – Reglamentación LEY 495 de ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
- Decreto Provincial 674/11 Reglamentario Ley Territorial 6 de Contabilidad
- Resolución Plenaria 01/2001 – Tribunal de Cuentas – Procedimiento de Control Preventivo
- Resolución Plenaria 33/2006 – Tribunal de Cuentas – Procedimiento para la aplicación, seguimiento y ejecución de las Sanciones de Multa impuestas por el TCP
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