📍 Ushuaia, Tierra del Fuego — Lun–Vie: 10–13hs y 16–20:30hs · Sáb: 10–13hs

S., P. A. c/Slanger SA y otros s/despido | Cita Digital: Delalenga 26315

VOCES:

Se confirma la sentencia que admitió -en lo principal- la demanda laboral promovida pero se extiende la responsabilidad solidaria a la co-empleadora, al advertirse -mediante la prueba testimonial- que las tareas desarrolladas por el trabajador eran controladas por aquella, cuyos jefes impartían las directivas de trabajo y revestían la calidad de tales.

Corresponde la extensión de la responsabilidad solidaria por reclamos laborales cuando el juez no tenga dudas de que el demandado físico -como director suplente de la empresa demandada-, omitiendo la adopción de diligencia alguna tendiente a registrar en forma debida la relación de trabajo e incumpliendo las obligaciones impuestas como agente de retención, ha violado de manera radical las leyes laborales de orden público y las normas de la seguridad social, provocando perjuicios al trabajador y a la comunidad en general, al no registrar en forma debida la relación laboral, no cumpliendo con las obligaciones que la ley le impone como agente de retención.

Te puede interesar:

Contenido exclusivo para miembros

Inicia sesion o adquiri una membresia para ver este PDF.

Iniciar sesion Ver membresias

Compartir en redes:

Novedades

Nuestro equipo de atención al cliente está aquí para responder a sus preguntas. ¡Pregúntenos cualquier cosa!