📍 Ushuaia, Tierra del Fuego — Lun–Vie: 10–13hs y 16–20:30hs · Sáb: 10–13hs

Suárez, Justo Ramón Graciano c/ Ateca, Fernando Santiago – Ejecutivo – (Expte. n.° 7942720) | Cita Digital: Delalenga 26846

VOCES:

GENTILEZA SEMANARIO JURÍDICO

1- En el caso, desde el decisorio recurrido se ha negado la situación de imposibilidad de cumplimiento en moneda extranjera denunciada por el deudor, en cuanto su mora le ha trasladado los riesgos –caso fortuito e imposibilidad de cumplimiento–, art. 1733 inc. c) CCC. Así, al disponerse la traslación de riesgos, las consecuencias de las restricciones para el acceso al mercado cambiario, que se establecieron con posterioridad a la fecha de vencimiento –10 de agosto de 2018–, debe asumirlas el deudor.

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