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SUPLEMENTO CSJN – ART. 19 CONSTITUCIÓN NACIONAL – Intimidad – Privacidad – Autodeterminación | Cita Digital: Delalenga 58297

VOCES:

El suplemento de jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el artículo 19 de la Constitución Nacional: intimidad, privacidad y autodeterminación personal constituye una sistematización de precedentes que delimitan el alcance del principio de reserva y su proyección en los derechos fundamentales .

El tema central del documento radica en la interpretación del artículo 19 como garantía de un ámbito de libertad personal inmune a la injerencia estatal y de terceros, siempre que no se afecten derechos de terceros ni el orden público. La Corte construye una doctrina que reconoce a la intimidad y la autodeterminación como manifestaciones esenciales de la dignidad humana, estableciendo límites claros a la intervención estatal.

Las materias involucradas comprenden el derecho constitucional, los derechos humanos, el derecho penal, el derecho civil y el derecho a la protección de datos personales, evidenciando la transversalidad del principio de reserva en múltiples ámbitos jurídicos.

El suplemento se organiza en ejes estructurales definidos: en primer lugar, la conceptualización del artículo 19 como núcleo de libertad individual; en segundo término, la distinción entre acciones privadas y conductas con proyección social; en tercer lugar, la protección de la intimidad frente a injerencias arbitrarias, tanto estatales como privadas; asimismo, el desarrollo del derecho a la autodeterminación personal, incluyendo decisiones sobre el propio cuerpo y proyecto de vida; luego, la relación con el derecho a la privacidad y la protección de datos; a continuación, la delimitación de los límites del principio de reserva frente a intereses públicos relevantes; y finalmente, su articulación con otros derechos fundamentales como la libertad de expresión, el honor y la dignidad.

En conclusión, la Corte Suprema consolida una doctrina que reafirma el artículo 19 como pilar del sistema constitucional argentino, proyectándolo como garantía central de autonomía personal y límite estructural al poder estatal.

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