Menor podrá convertir indemnización en “oro” para evitar pérdida por inflación

El caso “E.A.A. (en representación de A.E.V.) c/ G.I.D. y otra s/ ejecución de sentencia” refleja una decisión por lo menos  innovadora por parte de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Minería de Cipolletti.

La causa involucró a una adolescente que recibió una indemnización por un accidente de tránsito y buscó la autorización judicial para convertir su plazo fijo en pesos a inversiones en oro físico, debido a la preocupación por la pérdida de valor adquisitivo causada por la inflación.

La menor de edad recibió una indemnización que fue inicialmente depositada en un plazo fijo, conforme a la normativa que protege los intereses de los menores. La representante legal de la menor solicitó que al vencimiento del plazo fijo, los fondos se utilizaran para comprar oro lingote certificado a través de Mercado Libre, argumentando que el plazo fijo estaba erosionando el capital debido a la inflación. En primera instancia, la jueza rechazó la solicitud, argumentando que no se cumplían las condiciones necesarias para asegurar la efectividad y el control judicial de la inversión.

La apelación presentada por la representante de la menor se centró en el deterioro del capital debido a la alta inflación, que en diciembre de 2023 alcanzó el 25,5% mensual, mientras que el plazo fijo solo ofrecía una tasa de interés del 8,2%. La actora subrayó que el oro, a diferencia del plazo fijo, no se ve afectado por la inflación y mantiene su valor adquisitivo. Además, propuso que la custodia del oro estuviera a cargo de la representante legal, con la posibilidad de supervisión judicial.

La Cámara de Apelaciones analizó el caso considerando el artículo 692 del Código Civil y Comercial, que exige autorización judicial para disponer de los bienes de los menores de edad. Los camaristas reconocieron la realidad económica del país, marcada por la depreciación de la moneda y la alta inflación, que afectan el poder adquisitivo del capital de la menor. Admitieron que invertir en oro podría ser más beneficioso en este contexto, pero también señalaron la necesidad de garantizar la seguridad de la inversión.

Los jueces establecieron varios requisitos para aprobar la inversión en oro, incluyendo la identificación del proveedor, el método de compra, el precio, la calidad del oro, la certificación de autenticidad y la modalidad de custodia. Destacaron que el proyecto de inversión debe proporcionar suficiente seguridad, y en este caso, la propuesta original no cumplía con estos requisitos. Específicamente, los camaristas mencionaron que no se explicaba claramente cómo se resguardaría el oro, y plantearon dudas sobre la seguridad de almacenar el oro en el domicilio particular de la madre de la menor.

La Cámara de Apelaciones concluyó que, aunque no descartaban la inversión en oro, el proyecto debía cumplir con ciertas condiciones básicas de seguridad. Autorizaron la apelación con la condición de que se presenten los detalles necesarios para asegurar la autenticidad y seguridad de la inversión, así como la supervisión judicial hasta que la menor alcance la mayoría de edad.

Evidentemente el Poder Judicial sigue  adaptándose a las nuevas realidades económicas, donde la inflación puede erosionar significativamente el valor de las indemnizaciones. La decisión subraya la importancia de considerar alternativas de inversión que protejan el valor del capital, siempre y cuando se garantice la seguridad y el control judicial. Al mismo tiempo la sentencia deja  una mayor flexibilidad en la interpretación de las leyes para proteger los intereses de los menores en contextos económicos adversos.

Corte Suprema aclara caducidad de instancia y obligaciones procesales

La CSJN  aborda la caducidad de instancia en el contexto de un amparo de salud y examina la obligación de elevar el expediente correspondiente al funcionario judicial.

El juzgado de primera instancia concedió el recurso de apelación, pero no elevó el expediente. Posteriormente, la Cámara dictó la caducidad de instancia, argumentando que hubo falta de impulso procesal por parte de la parte actora. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación intervino y recordó importantes disposiciones legales que atribuyen esta responsabilidad al oficial primero.

El artículo 15 de la ley 16.986 y el artículo 251 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación son claros al respecto: la obligación de remitir los expedientes a la alzada corresponde al oficial primero. Esta normativa establece que es deber del funcionario judicial garantizar que el expediente sea elevado adecuadamente cuando se concede un recurso de apelación. Además, el artículo 313, inciso 3°, del mismo código, excluye la caducidad de instancia cuando la continuación del trámite depende del secretario u oficial primero. En este sentido, la Corte Suprema subraya que la falta de acción por parte del actor no debe interpretarse automáticamente como abandono del proceso.

En su análisis, la Corte Suprema evaluó las acciones y responsabilidades de los funcionarios judiciales y la parte actora. Al determinar que la parte actora estaba exenta de la carga procesal de impulso una vez que se había concedido la apelación, la Corte concluyó que la pasividad de la parte no podía ser considerada como un abandono de la instancia, por lo tanto ratificó que la caducidad de instancia no procede cuando la prosecución del trámite depende de los funcionarios judiciales y no de la parte actora.

Boletín Oficial 5599

DECRETOS
961 CAMBIA de agrupamiento en el ámbito de la Secretaría Legal de Gobierno, de categoría 10 P.O.M. y
S. a categoría 15 P.A.y T., a la agente Marianela HUSAGH
1
962 REUBICA al agente Leonel Nicolás RETAMAR, al ámbito de la Dirección Provincial de Recursos
Humanos Zona Norte

963 RATIFICA en todos sus términos la Resolución Sub.T.Z.S. N° 053/2024, por la cual se
homologó el Acta Acuerdo de fecha 17/04/2024 y sus Anexos I, celebrado por los
representantes del Instituto Provincial de Regulación de Apuestas (I.P.R.A.), y los representantes de
las entidades sindicales de la Asociación Trabajadores del Estado (A.T.E.) y la Unión del Personal
Civil de la Nación Seccional Tierra del Fuego (U.P.C.N.)
2
964 EXCEPTUA de lo establecido en el Decreto Provincial Nº 674/11 Anexo I, artículo 34; inciso 97,
apartado b) Punto I, respecto al límite del monto del Anticipo con Cargo a Rendir, solicitado por la
Secretaría de Deportes, a fin de hacer efectivo el otorgamiento del mismo a través del Ministerio de
Economía
3
965 AUTORIZA la ampliación del Fondo Permanente denominado “Fondo Permanente para Gastos de
Funcionamiento de la Administración, Pasajes y Viáticos de la Provincia (MOYSP)
4
966 APRUEBA el procedimiento y adjudicar la Contratación Directa N° 68/24-RAF, al proveedor
BALCAZAR SEPULVEDA
5
967 DESIGNA al señor Eduardo Alejandro Américo AGUIRRE GONZALEZ, como representante de la
Provincia, a fin de comparecer a la asamblea ordinaria que celebre TERRA IGNIS ENERGIA S.A.
6
968 AUTORIZA la comisión de servicios del señor Ministro Jefe de Gabinete Lic. Paulo Agustín TITA, a
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

969 DEJA SIN EFECTO las designaciones de las personas indicadas en el Anexo I, y DESIGNA
a las personas indicadas en el Anexo II, en el ámbito del Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia y
el Ministerio de Jefatura de Gabinete
7
970 DESIGNA en Planta Permanente de la Administración Pública, el ámbito de la Dirección
General Hospital Regional Río Grande, a la Médica Especialista en Pediatría Romina
Vanesa PAZ PAILLAN
9
614 RATIFICA en todos sus términos la Resolución Sub. T.Z.S. N° 044/24, por el cual se
homologó el Acta de acuerdo N° 1/2024, celebrado por los representantes de la Dirección
Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, y los representantes del Sindicato de Trabajadores
de Obras Sanitarias – Región Sur
10
615 RATIFICA en todos sus términos la Resolución Sub. T.Z.S. N° 047/24, por el cual se
homologó el Acta de acuerdo y sus Anexos I y II, celebrado por los representantes del
Instituto Fueguino de Turismo (IN.FUE.TUR) y los representantes de la entidades sindicales
Asociación Trabajadores del Estado (A.T.E.) y Unión del Personal Civil de la Nación –
Seccional Tierra del Fuego (U.P.C.N.)
11
RESOLUCION PRESIDENCIA DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PUERTOS
269/24
13
RESOLUCION SECRETARIA DE EMPLEO Y FORMACION LABORAL – M.T. y E.
02/24
15
RESOLUCIONES SECRETARIA DE ADMINISTRACION LEGAL – M.T. y E.
16/24 a 19/24
17
RESOLUCIONES SECRETARIA DE TRABAJO – M.T. y E.
38/24 a 45/24
20
RESOLUCION SUBSECRETARIA DE CAPACITACION Y FORMACION LABORAL –
M.T. y E.

02/24
34
RESOLUCION SUBSECRETARIA DE VINCULACION LABORAL – M.T. y E.
06/24
35
RESOLUCIONES SUBSECRETARIA DE ASUNTOS CONTABLES Y FINANCIEROS –
M.T. y E.

43/24 a 65/24
36
RESOLUCIONES SUBSECRETARIA DE POLITICAS SOCIO LABORALES Y
COORDINACION DEL EMPLEO – M.T. y E.

10/24 a 11/24
55
RESOLUCIONES SUBSECRETARIA DE TRABAJO ZONA NORTE – M.T. y E.
56/24 a 60/24 – 62/24 a 71/24 –
73/24 – 75/24 a 77/24 – 79/24
58
RESOLUCIONES SUBSECRETARIA DE TRABAJO ZONA SUR – M.T. y E.
51/24 a 52/24
77
RESOLUCION SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE OBRAS Y SERVICIOS –
M.ED.

169/24
79
LICITACIONES
El Banco Provincia de Tierra del Fuego comunica ampliación de plazos del llamado a
Licitación Pública de Precios N° 01/2024

La Caja de Previsión Social de la Provincia llama a Licitación Pública N° 01/24
108
El Instituto Fueguino de Turismo (IN.FUE.TUR.) llama a Licitación Privada N° 03/24

El Ministerio de Educación de la Provincia Convoca a participar de la Contratación
Directa N° 26/24
109
El Tribunal de Cuentas de la Provincia llama a Licitación Pública N° 01/24 110
CONVOCATORIA
COCCARO HNOS CONSTRUCCIONES S.A. Convoca a Asamblea Ordinaria y
Extraordinaria (1° y 2° Convocatoria)
111
EDICTOS
El Juzgado del Trabajo N° 1 DJN, comunica autos caratulados “BOGGIO GUIDO ARIEL
C/ L´IMAGE S.R.L. S/ EJECUCIÓN DE SENTENCIA”
111
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 DJS, comunica autos caratulados
“ALVAREZ HERNANDEZ GUILLERMO Y PALMA ILSE SERABANE S/SUCESIÓN
AB-INTESTATO”
112
El Juzgado Civil y Comercial N° 2 de la Provincia DJS, comunica autos caratulados “SANTA
CRUZ DANIEL ALBERTO S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO”
113
El Juzgado Civil y Comercial N° 2 de la Provincia DJS, comunica autos caratulados “SANTA
CRUZ CECILIA DANIELA S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO”

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 DJS, comunica autos caratulados
“BARRIENTOS NUÑEZ MARIA TERESA S/ SUCESION AB – INTESTATO”
114
El Tribunal de Juicio en lo Criminal del DJS, comunica autos caratulados “CARDENAS GINA
ELIANA S/ HOMICIDIO AGRAVADO”

EDICTO I.G.J. “ESTACION SUR S.A.S.”
115
EDICTO I.G.J. “SEITLER S.A.S.” 117
EDICTO I.G.J. “TNT S.R.L.” 118
SUMARIO 119
EDITADO EN LA DIRECCION PROVINCIAL DE BOLETIN OFICIAL

SECRETARIA LEGAL DE GOBIERNO
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