“LEMO VÍCTOR MIGUEL C/ RÍO CHICO S.A. S/ DESPIDO” | Cita Digital: Delalenga 58717

Se rechazo la existencia de despido discriminatorio ya que, según se sostuvo, “la parte actora debía demostrar serios indicios que permitan inferir la existencia de discriminación hacia su persona producto de su estado de salud o las secuelas incapacitantes que presentaba y que ello fue la causa de su despido, pues no resulta a prima […]

Río Gallegos: sobreseyeron a un varón trans imputado por el uso del DNI de otra persona durante 40 años

El Juzgado Federal homologó un acuerdo de conciliación y reparación entre la defensa y el MPF, de acuerdo a lo previsto en el artículo 59 inciso 6 del Código Penal. Desde el MPF habían destacado la discriminación y la exclusión social que sufrió el imputado basado en su identidad de género.

En el marco de un acuerdo de conciliación, el Juzgado Federal de Rio Gallegos sobreseyó a un varón trans que utilizó el DNI de otra persona desde la última dictadura cívico militar. El acuerdo con la defensa fue impulsado por el fiscal federal de Río Gallegos, Julio Zárate, con la colaboración de la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM), a cargo de Mariela Labozzetta.

En la resolución se dejó constancia del pago que realizó el imputado, acordado en la conciliación, de nueve UMAS (Unidad de Medida Arancelaria) a favor de la Unidad 15 del Servicio Penitenciario Federal en concepto de reparación del daño causado. En ese sentido, el juez Claudio Marcelo Vázquez requirió a la institución carcelaria que, con esa suma, dé cumplimiento a la compra de insumos y elementos necesarios para los talleres.

La resolución se dio en el marco de lo previsto en el artículo 59 inciso 6 del Código Penal con respecto a una reparación hacia la persona afectada por la estafa y, por el otro, la solicitud de sobreseimiento con respecto al uso del DNI ajeno. El juez tuvo además en cuenta que la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal puso en vigencia en noviembre de 2019 herramientas valiosas para la solución de conflictos, como el caso del artículo 22, que insta a los/as magistrados/as a procurar la resolución de conflictos mediante soluciones que puedan restablecer la paz social.

“Esta nueva perspectiva nos exhorta a analizar los delitos en su carácter de conflictos sociales, que requieren de abordajes complejos por tratarse de fenómenos multicausales, así como a ser abiertos a la búsqueda de soluciones que no se limiten a la aplicación de una sanción, sino antes bien a alternativas que procuren una restauración del orden social convulsionado por la transgresión de la norma”, indicó el juez Vázquez.

El caso

El imputado había sido procesado por el Juzgado Federal de Río Gallegos por dos delitos: uso de documento falso destinado a acreditar identidad y estafa. El hombre explicó en la causa que nació en San Juan y que luego se mudó a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de buscar trabajo, aunque no le fue sencillo. En ese momento, Argentina se encontraba en plena dictadura cívico militar, a lo que se le sumó que su “apariencia física” no coincidía con lo que se reflejaba en su DNI, es decir, su nombre femenino. Sostuvo que esto le impedía acceder a un empleo formal y fue lo que hizo que sobreviviera en los primeros momentos a través de “changas”, es decir, empleo no formal o sin registrar.

Contó que, en el marco de una entrevista laboral donde se buscaba un “parrillero”, el hombre utilizó un DNI que había encontrado para acceder al empleo. Esa situación fue descripta por él como “estricta supervivencia” y sostuvo que fue lo que le permitió conseguir el trabajo, desempeñarse como gastronómico, llevar adelante un emprendimiento con su familia dentro de esa categoría y luego mudarse al sur del país. “Nunca he tenido la voluntad de dañar a nadie; desde hace casi 40 años que mi vida dio un giro de 180 grados y ninguna de mis acciones tuvo una finalidad distinta que no sea la de ‘supervivencia’”, recalcó. Finalmente, hace algunos años, debido a ley de identidad de género, pudo realizar el cambio de sexo y de nombre en su documento, adecuándolo a su identidad.

Para el Ministerio Público Fiscal, no hay dudas de que el hombre padeció toda su vida “un contexto de profunda discriminación y exclusión social basada en su identidad de género, que lo sumergió en un cuadro de vulnerabilidad que afectó su autodeterminación para el desarrollo de sus conductas conforme a derecho”.

La fiscalía había considerado entonces que la conducta del imputado debía ser analizada bajo este contexto. A eso le sumó incluso que, aún en democracia, “el andamiaje social excluyente y disciplinador de las identidades, orientaciones y expresiones de género diversas continúa en muchas dimensiones tanto en Argentina como en toda la región”. El MPF explicó que él transitó prácticamente toda su vida adulta como varón trans aunque eso no lo excluyó de una “estructura social discriminatoria”.

En el acuerdo la fiscalía hizo foco en que el imputado construyó su vida bajo el apellido de otra persona (utilizando ese DNI) porque “tuvo nulas posibilidades” de trabajo como persona trans. “¿Qué opciones laborales reales tenía una persona trans en la dictadura en nuestro país? ¿Qué opciones laborales reales tienen las personas trans actualmente?”, se preguntó el MPF.

Fuente: Fiscales.gob.ar

Condenaron a prisión perpetua al ex novio de Marianela Rago por haber cometido el homicidio de la estudiante con alevosía y ensañamiento

La decisión fue tomada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº29, que ordenó su inmediata detención, en línea con lo que había solicitado el MPF.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº29 condenó hoy a prisión perpetua a Francisco Amador, el exnovio de Marianela Rago, la estudiante de 19 años que fue asesinada en su casa el 27 de junio de 2010. De acuerdo a la autopsia, la joven murió degollada dentro de su casa. El agresor además le provocó 23 puñaladas con una cuchilla que estaba en la cocina y que nunca fue hallada.

Amador fue considerado responsable del delito de “homicidio agravado por haber sido cometido con ensañamiento y alevosía”, tal como había planteado el fiscal Sandro Abraldes en su alegato. Además, el Tribunal ordenó la inmediata detención del hombre, en línea con lo solicitado este lunes por el MPF.

El alegato fiscal

De acuerdo a la acusación planteada por la fiscalía, representada por el fiscal Abraldes, el auxiliar fiscal Juan Noel Varela y el oficial mayor Gregorio Schumacher, Amador ejerció violencia de género desde el comienzo de su relación con Marianela. Tanto Amador, de 36 años, como la joven eran oriundos de la provincia de Tierra del Fuego y comenzaron su vínculo sentimental en 2008. En el juicio, colaboró la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), a cargo de Romina Del Buono.

El fiscal recordó que Amador era el preceptor del colegio al que iba Marianela, a la que le llevaba unos cuatro años. Repasó después los testimonios de los amigos y compañeros de la joven, que describieron que al principio todo parecía normal en la pareja pero que luego el acusado comenzó a presentarse en lugares a los que no estaba invitado mientras iba alejando a la chica de su grupo. Los testigos relataron incluso que ya existían situaciones de violencia y varios mencionaron golpes en uno de los brazos de la joven.

En esa línea, detalló las veces que el joven se “aparecía” de manera sorpresiva y lo relacionó como parte de su mecanismo de control. Incluso una vez que Marianela se mudó a Buenos Aires, el imputado se presentó en un restaurante durante una salida de la chica con un conocido. “Existía una relación de subordinación y dependencia psicológica, estaba claro que Amador era el que mandaba”, resumió.

Para el MPF, Marianela fue asesinada en horas tempranas del 27 de junio tras regresar de un boliche a su departamento en el barrio de Balvanera. Ni la puerta ni la cerradura estaban forzadas y la joven se había descalzado, lo que para la fiscalía significó que se encontraba en confianza con su agresor. “Hubo un aprovechamiento de esa confianza y de la vulnerabilidad que tenía: Amador la convirtió en un objeto, en su territorio”, marcó y agregó: “ese territorio lo defraudó cuando la joven quiso alejarse de él y empezar otra relación”.

Sostuvo entonces que Amador perdió el control y se quedó sin su estrategia de dominio. Recordó entonces el fiscal que en el allanamiento realizado a la casa del acusado encontraron un pantalón “frotado, lavado y mojado” dentro de la habitación, mezclado entre la ropa sucia. También hizo foco en las lesiones en una mano y en sus hombros, que tenían un data de producción que coincidía cronológicamente con el asesinato de Marianela.

Como parte del contexto en que se dio el asesinato, el fiscal Abraldes mostró las comunicaciones que Amador hizo durante ese semestre a los teléfonos de Marianela: fueron 174 entre llamadas y mensajes en 177 días. Para el MPF, ello descartaría el argumento utilizado por el imputado de que “ya no le gustaba” la joven.

Fuente: Fiscales.gob.ar

Boletín Oficial 5483

DECRETOS
2668 APRUEBA el procedimiento y Adjudica la Licitación Pública Nacional N° 03/23, referente a la
ejecución de la Obra denominada: “Centro Integral de Educación Técnico-Profesional – Colegio
Provincial “Dr. E. GUEVARA” – Río Grande – Etapa Constructiva Nº 2 (sector 2 y 3).”, en el
marco del Programa 39 “Innovación y desarrollo de la formación tecnológica infraestructura edilicia y
seguridad e higiene de establecimientos de ETP”, lanzado por el Ministerio de Educación de la Nación
a favor de la firma “CONSTRUCCIONES, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS S.A.” 1
1
RESOLUCIONES SECRETARÍA ADMINISTRATIVA LEGAL – MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y AMBIENTE

231/23 a 283/23 3
3
EDICTO
El Juzgado Provincial de Primera Instancia Civil y Comercial N° 1 DJN, comunica autos caratulados
“LAJOUS DANIEL RAUL Y OTRA C/ TREJO MÓNICA OFELIA S/ USUCAPIÓN” 84
84
SUMARIO 8484
EDITADO EN LA DIRECCION PROVINCIAL DE BOLETIN OFICIAL

SECRETARIA GENERAL, LEGAL Y TECNICA
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