El Gobierno promulgó la ley de digitalización de historias clínicas

La Ley 27706 establece la instauración, en forma progresiva, de un Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas

El Gobierno Nacional promulga la Ley 27706, crea el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas de la República Argentina, que tiene como objetivo  implementar de manera paulatina el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas.

La iniciativa fue aprobada el pasado 28 de febrero por la Cámara de Diputados en la última sesión del período de extraordinarias y este jueves, a través del Decreto 144/2023 publicado en el Boletín Oficial, se oficializó su promulgación.

De acuerdo a la normativa, toda la información de los pacientes quedará documentada en un sistema único, “en el que se dejará la constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social”.

De esta manera, el Sistema garantiza a los pacientes y a los profesionales de la salud, el acceso a una base de datos de información clínica relevante para atención sanitaria de cada paciente, desde cualquier lugar del territorio nacional, asegurando a este que la consulta de sus datos quedará restringida a quien esté autorizado.

Además, la propuesta establece que el Sistema deberá contener los datos clínicos de la persona o paciente, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento, y advierte que la información suministrada no puede ser alterada, sin que quede registrada la modificación pertinente, aun en el caso de que tuviera por objeto subsanar un error”.

Unión convivencial: declaran inconstitucional el artículo 526 del Código Civil y Comercial en relación al plazo de 2 años para la atribución de la vivienda

GENTILEZA ERREIUS .-

En el caso “G.S. D. c/C., A. y otros s/atribución de la vivienda familiar” la Cámara Civil y Comercial de Dolores declaró inconstitucional el artículo 526 y remarcó que dicho plazo aplica a los adultos convivientes y su aplicación implicaría un trato discriminatorio en relación a los hijos matrimoniales En consecuencia, se otorgó la atribución de la vivienda hasta la mayoría de edad de las hijas.

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Importante línea de créditos para el sector turístico

La iniciativa está destinada a micro, pequeñas, medianas y grandes empresas que presenten proyectos estratégicos de inversión

El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación y el Banco de la Nación Argentina anunciaron una nueva línea de crédito destinada a micro, pequeñas, medianas y grandes empresas turísticas, las que podrán solicitar un monto mínimo de $100 millones con un plazo de devolución de hasta 5 años.

Se trata de una iniciativa que tiene como objetivo dotar de más y mejores recursos al sector turístico para contribuir a su desarrollo a nivel federal.

Quiénes pueden acceder a la nueva línea de crédito

Para poder aplicar, las empresas deberán realizar una actividad vinculada al sector turístico (gastronomía, alojamiento, agencias de viajes, excursiones, etc.) y presentar proyectos estratégicos de inversión para la adquisición de bienes de capital, incluidos rodados y embarcaciones, y/o la construcción o adecuación de instalaciones.

Además, se admitirá hasta un 20% del monto del crédito otorgado para financiar capital de trabajo asociado a la inversión.

Serán considerados como “estratégicos” proyectos que incluyan:

– Generación de empleo
– Incorporación de tecnología
– Perspectiva de género
– Impacto local y/o regional
– Cuidado del medioambiente/incorporación o impulso a energías renovables.

Cómo pueden acceder las empresas

Las empresas interesadas pueden ingresar en la web oficial de “miArgentina“, y solicitar un crédito desde $100 millones de pesos,  con un plazo de devolución de hasta 5 años, incluido el periodo de gracia de hasta 1 año. El Ministerio bonifica 14,5 puntos porcentuales de la tasa de interés durante todo el plazo del crédito.

Tener en cuenta que el plazo para solicitar el crédito es hasta el 31 de diciembre de 2023 o hasta agotar el cupo total de la línea ($10.000 millones).

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Nueva edición del programa Previaje 4

Se CREA el “Consejo de Administradores de Bases de Datos de la Provincia”

Mediante el DECRETO PROVINCIAL 657/23, firmado el pasado 2 de Marzo y Publicado en el Boletín Oficial 5313 de hoy 15 de Marzo de 2023, el Poder Ejecutivo provincial oficializó la CREACIÓN del “CONSEJO de ADMINISTRADORES de BASES de DATOS de la PROVINCIA”

Dicho Consejo tendrá como objetivo,asegurar la eficiente implementación del Programa Integración de Bases de Datos – Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, debiendo contar con el espacio orgánico funcional adecuado, en el cual los técnicos  especializados del Gobierno Provincial, demás jurisdicciones y organismos, responsables de la administración de las distintas bases puedan interactuar, proponiendo las acciones y herramientas que resulten necesarias para lograr la vinculación e integración de todas las bases de datos con que cuenta el Gobierno Provincial”.

“En este sentido, esa instancia institucional trabajará sobre programas y desarrollos tendientes a integrar todas las base. de datos que posee el Gobierno Provincial bajo su competencia y administración, con el objetivo que los datos maestros que cada  base y/u organismo administra, constituyan la fuente de información y datos para que todos los organismos del Gobierno Provincial accedan a los mismos, en todos los casos que necesiten o requieran de ellos para el desarrollo de sus acciones y/o actuaciones conforme sus competencias”.

Se crea la Escuela Nro 49 “44 Héroes del Submarino ARA San Juan”

Mediante el Decreto Provincial 585/23 publicado el día viernes 10 de Marzo, el poder ejecutivo provincial crea la Escuela Provincial Nº 49 “44 héroes del Submarino ARA San Juan” Categoría A – de TERCERA CATEGORÍA, en el Paraje “Puerto Almanza” de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

“Que es intención del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur atender los requerimientos de la Comunidad Educativa del Servicio Educativo de Puerto Almanza, la cual ante su desarrollo en actividades productivas, comerciales y turísticas incentivan a la población a asentarse de manera permanente en la misma, por lo que se hace necesario crear una Escuela Provincial, Categoría A – Tercera Categoría, en el Paraje de Puerto Almanza”.

“Que en miras de resguardar el derecho a la educación, la trayectoria escolar de la comunidad de Puerto Almanza y a los fines de procurar una asistencia integral a las y los estudiantes, surge la imperiosa necesidad de la creación de un nuevo establecimiento educativo cuya Planta Orgánica Funcional estará conformada de acuerdo a lo estipulado en el presente instrumento.”

CSJN – Después de 2 años no deberían pagarse las  multas impositivas

Hasta ahora, las administraciones tributarias entendían que podían reclamar hasta 5 años después de impuestas el pago de multas, el mismo plazo que rige para la prescripción de los impuestos. Pero esto ahora cambió radicalmente.

La Corte estableció en el fallo  “ALPHA SHIPPING S.A. c/ PROVINCIA DE T.D.F. A E I A S s/contencioso administrativo – medida cautelar”  que las multas impositivas son de carácter penal, por lo que todas las normas que se refieren a ellas deben estar regidas por el Código Penal de la NaciónY la prescripción que fija ese cuerpo normativo para admitir castigos es de 2 años.

El Superior Tribunal provincial consideró aplicable el plazo de 5 años contenido en el código fiscal local, mientras que el contribuyente solicitaba la aplicación del plazo de 2 años del Código Penal (art. 65, inc. 4° y la forma de su cómputo, art. 63)

La Corte acepta el criterio de la defensa de la empresa, y lo relevante es que el Código Penal prescripción de 2 años. Así las multas tributarias prescribirán a los 2 años y no a los 5 como los impuestos.

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