Proponen impulsar la creación de una moneda única sudamericana

Presentaron un proyecto en el Congreso Nacional para impulsar la creación de una Moneda Única Sudamericana, se llamaría SUR y sería emitida por un Banco Central Sudamericano. La propuesta contaría con el apoyo de todos los sectores del Congreso, tal cual se dejó claro en la reunión de la Comisión del Mercosur de la Cámara baja realizada el pasado 15 de septiembre, impulsada por su presidente.

AQUÍ EL PROYECTO

La CSJN confirma condena contra Milagro Sala

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa de la dirigente social Milagro Sala y de esa manera quedó firme la condena a 13 años de prisión que el Tribunal Oral Criminal 3 de la provincia de Jujuy le dictó en 2019 en el caso conocido como “Pibes Villeros”, por “asociación ilícita” y “defraudación al Estado”.

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FIESTA PROVINCIAL DEL INVIERNO.

El Poder Ejecutivo Provincial INSTITUYÓ el carácter de FIESTA PROVINCIAL DEL INVIERNO, a la festividad que se celebra en el mes de Julio de cada año.

Al mismo tiempo se incluye el evento en el Calendario Turístico Provincial.

AQUÍ LA LEY 1459

Deberán responder por un accidente de tránsito pese a haberse desprendido del vehículo

La Cámara Civil y Comercial de San Nicolás extendió la responsabilidad civil por un accidente de tránsito a quienes habían suscripto un contrato de transferencia para desprenderse del automotor, al valorarse que no se invocó haber realizado la denuncia de venta sino la entrega de la unidad a concesionarias individualizadas, junto con el título, documentos y con la firma del 08, con la finalidad de efectivizar la transmisión dominial.

AQUÍ LA SENTENCIA

Cobertura de riesgos en proyectos de Acciones de Entrenamiento para el Trabajo

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante Resolución 1665/2022, amplía los mecanismos para garantizar la higiene y seguridad a los participantes de proyectos de Acciones de Entrenamiento para el Trabajo.

 En tal sentido establece en su artículo 1 que los Organismos Ejecutores de proyectos de Acciones de Entrenamiento para el Trabajo deberán garantizar: 


1. la existencia de los insumos y las herramientas necesarios para que las y los participantes desarrollen sus actividades; 
2. el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad aplicables a la actividad en la que se encuadren sus proyectos; 
3. la cobertura de riesgos para las y los participantes de sus proyectos que determine la reglamentación; 
4. una cobertura de salud para las y los participantes de sus proyectos; 
5. el acompañamiento y la asistencia de un tutor que oriente y atienda las necesidades de las y los participantes de sus proyectos,
6. el otorgamiento de un certificado a las y los participantes que acredite las actividades de entrenamiento realizadas.

Además, en el artículo 2 se establece que la Secretaria de Empleo brindará, en las condiciones que fije la reglamentación, asistencia económica a los Organismos Ejecutores de Acciones de Entrenamiento para el Trabajo para: 

1. la adquisición de insumos y herramientas necesarios para la ejecución de los proyectos; 
2. la compra de ropa de trabajo para los participantes; 
3. la dotación de elementos de seguridad e higiene en el establecimiento donde se desarrollen las actividades; 
4. la contratación de la cobertura de riesgos para las y los participantes; 
5. la implementación de las acciones de capacitación y de tutoría aprobadas; 
6. la cobertura de salud de las y los participantes.

Fundamentos

Recordamos que las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo se implementan a través de las siguientes Líneas: 1) Entrenamiento en el Sector privado, 2) Entrenamiento en el Sector Público, 3) Entrenamiento en Instituciones sin fines de lucro y 4) Entrenamiento para Trabajadores con Discapacidad. Las mismas prevén su instrumentación a través de la formulación y ejecución de proyectos de entrenamiento para el trabajo. 

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante la Resolución 978/2022 estableció la obligación de las entidades ejecutoras de proyectos de entrenamiento para el trabajo de garantizar a sus participantes la cobertura correspondiente a los riesgos del trabajo, cuando antes se preveía la cobertura de un Seguro de Accidentes Personales. 

Según se indica en los considerandos de la Resolución 1665/2022, durante el proceso de aplicación e implementación de tal modificación, la Subsecretaría de Promoción del Empleo ha observado la necesidad de que el tipo de cobertura a brindar a los participantes de proyectos entrenamiento para el trabajo sea determinada por vía reglamentaria, valorando las especificidades de las distintas Líneas de las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo y la diversidad de tipos de entidades ejecutoras.

En virtud de ello se procede a dictar la Resolución mencionada, para no afectar la eficacia y alcance de las distintas Líneas de las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo, dotando de mayor adaptabilidad a su marco regulatorio y de gestión.

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