Establecen Directrices de Actuación Policial para Proteger a Personas con Discapacidad

El Gobierno Nacional mediante la Resolución 722/2023 del Ministerio de Seguridad, ha establecido nuevas directrices para la intervención de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales en situaciones que involucren a personas con discapacidad a lo largo del territorio nacional. Estas pautas se fundamentan en una visión progresista de los derechos humanos, alineada con los estándares establecidos en convenciones, constituciones y leyes vigentes relacionadas con la temática.

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Reafirman Derechos de Ciclistas: Prioridad en Bicisendas Ratificada por Cámara Platense

La Cámara 1° Civil y Comercial de La Plata decidió revocar la resolución de primera instancia, aceptando la demanda presentada por una ciclista que sufrió un accidente al ser colisionada por un vehículo mientras transitaba por una bicisenda. En su decisión, el tribunal destacó la importancia de otorgar prioridad de paso a los ciclistas en ciclovías adecuadamente señalizadas.

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Hacia un Futuro Transparente: La Evolución hacia un Estado Abierto mediante la Información Pública y la Ciencia de Datos

El Dr. Maximiliano Tavarone a través de su artículo “La información pública y la necesidad de avanzar hacia un Estado abierto, con transparencia activa y aplicación de ciencia de datos”, analiza el derecho de acceso a la información pública, poniendo especial énfasis en la normativa de Tierra del Fuego, representada por la Ley Provincial 653. Destaca la importancia esencial de este derecho y subraya la urgencia de modernizar ciertos aspectos para robustecer su protección. La legislación provincial se compara con su contraparte federal, destacando la evolución que ha experimentado, la influencia ejercida por organismos internacionales, y la jurisprudencia emitida por la CSJN en este ámbito. Además, el autor enfatiza la necesidad de introducir ajustes regulatorios que potencien la transparencia, promuevan el uso de un lenguaje más accesible y mejoren la calidad de los datos estadísticos e información disponible. Estos aspectos son cruciales no solo para el control público, sino también para una efectiva toma de decisiones gubernamentales y el impulso económico desde el sector privado.

PROGRAMA V COLOQUIO BINACIONAL CAMBIO CLIMÁTICO

25 DE OCTUBRE – USHUAIA

LUGAR: SALA NINÍ MARSHALL

14 h Saludos Protocolares.

  • Sr. Sebastián Iriarte, Jefe de Gobierno de la Municipalidad de Ushuaia
  • Lic. Eugenia Álvarez, Secretaria de Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, A. e I.A.S.
  • Dr. Daniel Fernández, Rector de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego (UNTDF)
  • Sr. Jorge Herrera, Secretario de Ambiente de la Municipalidad de Ushuaia
  • Dra. Eleonora Lucía De Maio, Asociación Argentina de Justicia Constitucional (AAJC)
  • Téc. Tabaré Barreto, Estepa Viva
  • Vet. Alejandro Núñez G., Universidad de Magallanes. “Historia de Coloquios Binacionales como Estrategia De Resiliencia Ciudadana frente al Cambio Climático”.

MESAS DE TRABAJO BINACIONAL
14:30 h
1) PROTECCIÓN DE OCÉANOS Y SU BIODIVERSIDAD:

  • Pablo Melo, Diseñador Gráfico de Naturaleza, Fundación Ciudadanos y Clima.
  • Mariano Rodríguez, Buzo profesional y personal no docente de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego (UNTDF)
  • Mg. Abog. Alejandro

Supermercado Sin Fundamento: Cámara de Santa Rosa Confirma Indemnización por Despido Improcedente

La Sala III de la Cámara Civil de Santa Rosa ratificó una sentencia previa que había aceptado la demanda de un trabajador contra una reconocida cadena de supermercados por despido. La causa del despido se alegó inicialmente como un faltante de dinero imputado al empleado. Sin embargo, la Cámara determinó que la empresa no tenía fundamentos sólidos para proceder con el despido. La narrativa de la empresa respecto a cómo se generó el supuesto faltante no era consistente, generando dudas sobre la legitimidad del despido.

Además, se subrayó un aspecto crucial que pone en tela de juicio la justificación de la empresa para el cese laboral: no se le permitió al trabajador participar en la investigación interna relacionada con el faltante. Este hecho le negó al empleado la oportunidad de ejercer su derecho de defensa, lo que se traduce en un despido incausado.

Sentencia Confirma la Responsabilidad Conjunta en Despido de Telemarketer de Planes de Ahorro

La sentencia de Primera Instancia  en el caso “S., L. Y. c/ General Motors de Argentina SRL y otros s/ Despido” reconoció que la reclamante trabajaba como telemarketer vendiendo planes de autoahorro Chevrolet, operando desde las instalaciones de Harbin S.A., una concesionaria. Estas actividades eran interpretadas como esenciales tanto para Harbin como para General Motors de Argentina S.A., dado que se alineaban con los objetivos empresariales de ambas compañías. A raíz de esto, la jueza de primera instancia determinó que ambas empresas, dada la triangulación laboral, eran responsables de las indemnizaciones por despido en base al artículo 30 de la LCT. Las codemandadas General Motors de Argentina SRL y Harbin SA apelaron este fallo.

La sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con la intervención de los jueces Víctor Pesino y María Dora González, confirmó la sentencia inicial. Los jueces subrayaron que las actividades realizadas por la demandante no eran meramente accesorias, sino centrales para el negocio principal de las codemandadas. Establecieron que, de acuerdo al artículo 30 de la LCT, las tareas de la reclamante eran fundamentales para asegurar la venta de vehículos sin el pago total inmediato por parte del cliente. La sala concluyó que, dadas estas circunstancias, no había razón para eximir a General Motors de Argentina S.R.L. del pago correspondiente a la multa del artículo 2 de la ley 25.323.

Tanto en primera instancia como en la Cámara, los jueces entendieron que las actividades de la demandante eran esenciales para las empresas codemandadas y, por lo tanto, ambas eran solidariamente responsables de las obligaciones laborales hacia la empleada, basándose en el artículo 30 de la LCT.

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