El Banco Santander deberá pagar $22 millones por afectar el perfil crediticio de un consumidor
La Sala Civil, Comercial y del Trabajo de la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Norte de Tierra del Fuego resolvió la causa “G. F. J. c/ Banco Santander Argentina S.A. s/ daños y perjuicios Ley 24240” y elevó la condena impuesta al banco por haber informado erróneamente al actor como deudor moroso ante registros crediticios.
El conflicto se originó cuando F. J. G. fue incluido en bases de datos financieras por una deuda inexistente. Ante la falta de respuesta del Banco Santander a sus reclamos, el actor promovió una acción de hábeas data ante la justicia federal, que ordenó suprimir la información crediticia negativa. Según la Cámara, esa sentencia firme acreditó la inexactitud del dato y el obrar antijurídico de la entidad.
En primera instancia, el banco había sido condenado a pagar $4.000.000 por daño moral y $5.000.000 por daño punitivo. Ambas partes apelaron: el actor pidió aumentar los montos y la entidad bancaria reclamó el rechazo de esos rubros.
El tribunal sostuvo que la conducta del banco excedió un simple error. Valoró la falta de respuesta a las intimaciones, la persistencia de la información falsa, la afectación del perfil crediticio y las consecuencias personales y profesionales sufridas por el actor, entre ellas obstáculos para acceder a beneficios bancarios y operaciones comerciales.
Por unanimidad, con voto inicial del juez Daniel O. Satini y adhesión de Francisco Cappellotti y Luciana M. Gutiérrez, la Cámara rechazó el recurso del banco, hizo lugar parcialmente al recurso del actor y elevó la indemnización: fijó $7.000.000 por daño moral y $15.000.000 por daño punitivo. También impuso las costas a la demandada.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
El caso trata sobre un banco que informó a una persona como deudora morosa por una deuda que no existía.
Antecedentes
F. J. G. apareció en registros crediticios con una deuda atribuida al Banco Santander. Esa información afectó su perfil financiero.
El actor reclamó al banco. No obtuvo una respuesta adecuada. Luego inició una acción de hábeas data. El hábeas data es un proceso para corregir o eliminar datos personales falsos o inexactos.
La justicia federal ordenó suprimir la información negativa. Después, el actor inició un juicio por daños. En primera instancia, el banco fue condenado a pagar $4.000.000 por daño moral y $5.000.000 por daño punitivo.
Decisión final
La Cámara rechazó la apelación del banco. Dijo que la entidad no probó la deuda y que actuó con falta de diligencia.
También hizo lugar parcialmente al recurso del actor. Consideró bajos los montos fijados en primera instancia.
Por unanimidad, elevó la condena a $7.000.000 por daño moral y $15.000.000 por daño punitivo. El daño punitivo es una multa civil. Busca sancionar conductas graves y evitar que se repitan.
Conclusión
Los bancos deben actuar con especial cuidado cuando informan datos crediticios.
Si comunican una deuda inexistente y no corrigen el error a tiempo, pueden responder no sólo por el daño causado, sino también con una sanción económica agravada.
Post Relacionados:
WhatsApp, transferencias y la evidencia perfecta de un contrato inexistente
Declaran inconstitucional el art. 730 CCyC por afectar los honorarios profesionales
Confirmaron la responsabilidad de una aerolínea por cobrar una penalidad y no asistir a pasajeros varados
Confirmaron el rechazo de una demanda contra Caja de Seguros por incapacidad no acreditada
Anulan la restitución de una menor al domicilio de su madre para no afectar su centro de vida
Abogado procesado por simular juicio inexistente durante años


