La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Sala VI, en la causa “NN s/ Incompetencia. Restitución fondos”, resolvió un conflicto vinculado a un fraude con criptomonedas y la determinación de la competencia territorial.
El caso se originó a partir de la denuncia de un usuario que sufrió el vaciamiento progresivo de su cuenta mediante el acceso indebido a su API, lo que permitió a terceros realizar miles de operaciones automatizadas con criptoactivos de baja liquidez. La maniobra generó una pérdida significativa, al tiempo que las ganancias fueron canalizadas hacia cuentas asociadas a personas radicadas en Rusia, que operaron desde direcciones IP ubicadas en ese país. Asimismo, se detectaron accesos a la cuenta de la víctima desde la localidad de Merlo, provincia de Buenos Aires.
En primera instancia se declaró la incompetencia de la justicia nacional en favor del Departamento Judicial de San Martín y se rechazó la restitución de los activos. La querella apeló, sosteniendo que el hecho debía investigarse en esta jurisdicción y que correspondía la devolución de las criptomonedas congeladas.
La Sala confirmó la incompetencia territorial. Consideró que ninguno de los actos relevantes del hecho ocurrió en la Ciudad de Buenos Aires y que, conforme a la regla subsidiaria del artículo 38 del CPPN, debía intervenir el tribunal que previno. También descartó que el archivo previo en sede provincial impidiera continuar la investigación, al no tratarse de una decisión firme.
Respecto de la restitución, el Tribunal entendió que, al haberse definido la competencia, corresponde que sea la justicia bonaerense quien resuelva sobre el destino de los activos, manteniendo mientras tanto las medidas de congelamiento.
La decisión fue adoptada en forma unánime por los jueces Julio Marcelo Lucini y Pablo Guillermo Lucero.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
Un fraude con criptomonedas generó un conflicto sobre qué juez debía intervenir.
Antecedentes
La víctima denunció que terceros accedieron a su cuenta mediante una API y realizaron miles de operaciones automáticas que redujeron sus fondos. Parte de la maniobra se vinculó con cuentas en Rusia y accesos desde la provincia de Buenos Aires.
El juez de primera instancia declaró la incompetencia de la justicia nacional y rechazó devolver los activos.
Decisión final
La Cámara confirmó que el caso debe tramitar en el Departamento Judicial de San Martín. Aplicó la regla de que interviene el juez que primero tomó conocimiento cuando no está claro el lugar del delito.
También decidió que la restitución de las criptomonedas deberá resolverse en esa jurisdicción, manteniendo el congelamiento.
Conclusión
En delitos digitales sin lugar claro, la competencia se define por el tribunal que previno. La investigación continúa en la justicia provincial.
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