El suplemento de jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre plataformas digitales y competencia (abril de 2025) sistematiza precedentes vinculados a conflictos de jurisdicción derivados del uso de redes sociales, correos electrónicos y servicios de internet, en el marco del desarrollo de nuevas tecnologías .
El tema central del documento radica en la determinación de la competencia judicial —federal o local— frente a hechos ilícitos cometidos mediante plataformas digitales, a partir de la naturaleza del bien jurídico afectado y del alcance del impacto sobre servicios de telecomunicaciones. La Corte construye un criterio diferenciador que distingue entre afectaciones individuales y aquellas que comprometen intereses federales.
Las materias involucradas comprenden el derecho penal, el derecho procesal penal, el derecho constitucional, el derecho informático y el derecho de las telecomunicaciones, con proyección en la responsabilidad civil y el derecho al honor.
El suplemento se organiza en ejes estructurales claros: en primer lugar, la competencia federal, que se activa ante accesos no autorizados a sistemas informáticos, vulneración de comunicaciones electrónicas o supuestos que comprometen servicios de telecomunicaciones de interés nacional; en segundo término, la competencia local, aplicable cuando los hechos se circunscriben a conflictos interpersonales sin impacto sistémico, como accesos indebidos por abuso de confianza, estafas o publicaciones agravantes; en tercer lugar, los supuestos de eliminación de contenidos en internet, donde se privilegia el fuero federal por la naturaleza interjurisdiccional de las redes; asimismo, las actividades desarrolladas por internet con incidencia colectiva o transnacional; y finalmente, la competencia territorial, definida a partir del lugar de producción del daño, la disposición patrimonial o la localización de los efectos del ilícito.
En conclusión, la Corte Suprema consolida un criterio restrictivo de la competencia federal, subordinado a la efectiva afectación de servicios de telecomunicaciones o intereses nacionales, reafirmando la regla general de intervención de la justicia local en conflictos derivados del uso cotidiano de plataformas digitales.
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