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Ordenan la detención de un padre por incumplir la cuota alimentaria

El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N.º 2 de la ciudad de La Rioja se expidió en la causa “V A J M s/ incumplimiento de los deberes de asistencia familiar”, en la que ordenó la detención del imputado por incumplir la obligación alimentaria respecto de sus hijos.

El caso se originó a partir de la denuncia formulada por la progenitora, quien expuso que el imputado se encontraba obligado por resolución judicial a abonar una cuota alimentaria equivalente al 25% de sus ingresos, pero nunca cumplió con dicha obligación. La situación se agravó al acreditarse que uno de los niños presenta graves problemas de salud, entre ellos parálisis cerebral, trastorno del espectro autista e hipoacusia, lo que implicaba elevados costos médicos afrontados exclusivamente por la madre. La investigación reunió como prueba la sentencia alimentaria previa, certificados médicos, constancias bancarias y documentación oficial que acreditaron el incumplimiento prolongado y deliberado.

En su análisis, la jueza consideró que el incumplimiento alimentario vulnera derechos humanos fundamentales, reconocidos en la Constitución Nacional y tratados internacionales, y sostuvo que dicha conducta configura también violencia económica contra la mujer, en los términos de la Ley 26485, al trasladar unilateralmente la carga económica y de cuidado. Asimismo, encuadró la conducta en el delito previsto en el art. 1 de la Ley 13944.

En consecuencia, la magistrada resolvió ordenar la detención del imputado por el plazo de 72 horas, bajo apercibimiento de reiterar la medida en caso de persistir el incumplimiento, e intimarlo a cancelar la deuda alimentaria fijada en la suma de $234.000. La decisión fue adoptada en forma unipersonal, conforme al sistema de juzgado de primera instancia.

La resolución refuerza el criterio que admite el arresto como medida coercitiva legítima para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y reconoce el incumplimiento como una forma de violencia económica y de género.

Versión en lenguaje claro

El Juzgado de Violencia de Género y Protección de Menores N.º 2 de La Rioja ordenó detener a un padre por no pagar la cuota alimentaria de sus hijos.

Qué pasó

Una jueza había ordenado que el padre pagara el 25% de su sueldo. Él nunca cumplió. Uno de sus hijos tiene una discapacidad grave y necesita tratamientos médicos costosos. La madre pagó todo sin ayuda.

El tribunal analizó documentos, informes médicos y registros bancarios. Concluyó que el padre incumplió su obligación.

Qué decidió la jueza

La jueza ordenó:

  • Su detención por 72 horas
  • El pago de una deuda de 234.000 pesos
  • Que vuelva a ser detenido si no paga después de quedar en libertad

Por qué tomó esta decisión

La jueza explicó que:

  • Los hijos tienen derecho a recibir alimentos
  • Este derecho está protegido por la Constitución y tratados internacionales
  • No pagar también perjudica económicamente a la madre
  • Esto puede ser violencia económica

Qué significa

El fallo confirma que no pagar alimentos es un delito. La prisión puede usarse para obligar al cumplimiento.

El padre debe pagar. Si no lo hace, puede volver a ser detenido.

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