La resolución se dicta en el Expediente 190/2018 TCP-SP, relativo a la auditoría externa de inversiones en el ámbito de la Caja Previsional para el Personal Policial y Penitenciario Provincial y Caja Compensadora para la Policía del ex Territorio (CPPyPTDF). Se recuerda como antecedente inmediato la Resolución Plenaria 189/2019, que formuló recomendaciones en materia de planes de inversión, sistemas informáticos, gestión de inmuebles y reglamentación de la Ley Provincial 834, reiteradas sucesivamente por las Resoluciones Plenarias 105/2020, 103/2021, 217/2021, 78/2022, 28/2023 y 197/2023. Esta última intimó al anterior Directorio al cumplimiento de las recomendaciones de los artículos 3, 4, 16 y 18, bajo apercibimiento de sanciones conforme artículo 4 inciso h) de la Ley Provincial 50.
Notificado el acto, las autoridades de la CPPyPTDF presentaron descargos mediante Notas 526/2023, 103/2024 y 202/2024, analizados en el Informe Contable 752/2024, que concluyó en un cumplimiento parcial de las recomendaciones de los artículos 3, 4, 16 y 18 de la Resolución Plenaria 189/2019 y la persistencia de rezagos respecto de las recomendaciones 8, 9, 11, 14 y 15, vinculadas a la reglamentación de la Ley 834 y su modificatoria 1155, y al régimen de inversiones. Se dio intervención a la Secretaría Legal, que mediante Informe INF-SL-45-2025 aplicó el criterio de especialidad y complementariedad normativa para afirmar la vigencia de la Ley Provincial 1015 (artículo 66) en materia de inmuebles en desuso, en armonía con la Ley 834.
El Tribunal, con fundamento en los artículos 1, 2, 4 inciso g), 26 y 27 de la Ley 50, resuelve: intimar al Presidente, Vicepresidente, Directores y Gerente de Negocios e Inversiones de la CPPyPTDF al cumplimiento de las recomendaciones de los artículos 3, 16 y 18 de la Resolución Plenaria 189/2019, reiterar el cumplimiento del artículo 18 con informes trimestrales, otorgar un plazo de veinte días hábiles para informar medidas respecto de los artículos 8, 9, 11, 14 y 15, declarar sin efecto práctico la referencia al sistema SICAP pero ordenar el desarrollo de un módulo de inversiones integrado al nuevo sistema Nomade Soft SRL, y disponer que los auditores discriminen en sus informes las recomendaciones que inciden en el ejercicio de las funciones de control de aquellas meramente orientadas a la mejora de gestión, bajo apercibimiento de sanciones conforme artículo 4 inciso h) de la Ley 50.
Versión en lenguaje
¿De qué trata la Resolución 144/2025?
El Tribunal de Cuentas revisa si la Caja Previsional Policial y Penitenciaria cumplió las recomendaciones que se le hicieron en una auditoría sobre sus inversiones y bienes inmuebles.
Antecedentes del caso
En 2019 el Tribunal dictó la Resolución 189/2019 y recomendó:
- hacer planes de inversión anuales o plurianuales;
- mejorar el sistema informático para registrar inversiones;
- definir el uso de ciertos inmuebles y registrarlos;
- impulsar la reglamentación completa de la Ley 834 sobre inversiones de la Caja.
Estas recomendaciones se repitieron en varias resoluciones posteriores. En 2023, la Resolución 197/2023 intimó al directorio de entonces a cumplirlas, bajo amenaza de sanciones según la Ley 50.
Las nuevas autoridades de la Caja presentaron informes y explicaciones. El área contable del Tribunal concluyó que sólo hubo cumplimiento parcial y que muchas recomendaciones seguían pendientes. El área legal sostuvo que, para inmuebles en desuso, también debe aplicarse la Ley 1015, que exige informar al Ministerio de Economía el destino de esos bienes.
Qué decide el Tribunal
El Tribunal:
- Intima al Presidente, Vicepresidente, Directores y Gerente de Inversiones actuales a cumplir las recomendaciones clave sobre planes de inversión, inmuebles e inscripción registral.
- Les da 20 días hábiles para informar qué harán respecto de otras recomendaciones pendientes (reglamentación de la Ley 834 e inversiones).
- Ordena que se desarrolle un módulo de inversiones en el nuevo sistema informático, para mejorar el control.
- Dispone que los auditores, en adelante, distingan entre recomendaciones que afectan directamente el control del Tribunal y las que sólo buscan mejorar la gestión interna.
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