La Resolución Plenaria 33/2026 se dictó en el marco de la auditoría sobre beneficiarios del Registro Único de Programas y Prestaciones Sociales (RUPE), ordenada por el artículo 5. de la Resolución Plenaria 223/2024. Su planificación, instrumentada mediante el Informe Interdisciplinario INF-INTR-TCP-2-2025, había sido aprobada por las Resoluciones Plenarias 133/2025 y 135/2025.
Durante el procedimiento, el Equipo Interdisciplinario presentó el segundo informe parcial de avance, INF-INTR-TCP-2-2026, relativo a la Auditoría RUPE, Acogimiento Familiar y Deudas Recíprocas OSEF–Poder Ejecutivo. El documento describió la organización de los equipos, las reuniones internas, las entrevistas con funcionarios y los requerimientos de información, y formuló conclusiones y recomendaciones parciales dirigidas a los organismos auditados. Posteriormente, la Secretaría Contable compartió lo actuado y elevó las actuaciones al Vocal de Auditoría.
El Cuerpo Plenario consideró que las recomendaciones contribuyen a mejorar el funcionamiento y la gestión de los entes examinados, sin evidenciar —hasta esa instancia— acciones u omisiones que obstaculicen las facultades de control. No obstante, aclaró que aquellas conclusiones quedan sujetas al informe definitivo.
En consecuencia, tuvo presentes las conclusiones y recomendaciones parciales; amplió por cincuenta días corridos, desde el 13 de marzo de 2026, el plazo para concluir la auditoría; y readecuó la integración del Grupo Especial Auditoría RUPE debido a sustituciones, incorporaciones y bajas de agentes. Asimismo, ordenó notificar a las áreas y funcionarios intervinientes. El acto fue emitido con el quórum previsto en el artículo 27 de la Ley provincial 50.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
El Tribunal de Cuentas analizó el avance de la auditoría sobre los beneficiarios del RUPE y decidió extender el plazo para terminarla.
Antecedentes
La auditoría fue ordenada por la Resolución Plenaria 223/2024. Su planificación fue aprobada durante 2025 y luego modificada.
No existe una decisión judicial de primera instancia. Se trata de un procedimiento administrativo de control desarrollado por el Tribunal de Cuentas.
Qué cuestión se trató
El equipo auditor presentó su segundo informe parcial. Allí explicó las tareas realizadas, las entrevistas mantenidas, la información requerida y el avance alcanzado.
También formuló conclusiones y recomendaciones destinadas a los organismos auditados.
Análisis del TCP
El Tribunal consideró que esas recomendaciones pueden mejorar el funcionamiento y la gestión de los organismos examinados.
Aclaró que, hasta ese momento, no se habían señalado conductas que impidieran o perjudicaran el control. Las conclusiones parciales deberán confirmarse o revisarse en el informe final.
Decisión final
El Tribunal amplió por cincuenta días corridos el plazo para finalizar la auditoría, contado desde el 13 de marzo de 2026.
También actualizó la composición del Grupo Especial Auditoría RUPE y ordenó comunicar la decisión a las áreas y agentes involucrados.
Conclusión
Los informes parciales permiten orientar mejoras durante una auditoría, pero sus conclusiones no son definitivas. La evaluación completa quedará establecida cuando se presente el informe final.
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