La Resolución Plenaria 89/2025 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Tierra del Fuego resolvió aplicar una sanción de apercibimiento a la Ministra de Obras y Servicios Públicos, Prof. María Gabriela Castillo, al Secretario de Obras Públicas Zona Sur, Ing. Martín Moreyra, y a la Subsecretaria de Obras Públicas Zona Sur, Ing. María Eugenia Vera, por el incumplimiento de una obligación de remisión de informe técnico solicitada en el marco del control de la obra del Hospital Regional Ushuaia.
El procedimiento se inició con la Nota Externa N.º 7/2025, mediante la cual se notificó a los funcionarios mencionados sobre el contenido del “1.º Informe Parcial Macizo C43” elaborado por el Ing. Fabio A. Zárate, en el marco de una auditoría estructural integral solicitada por el Tribunal. En dicha comunicación, se les encomendó la intervención de las áreas técnicas pertinentes y se exigió remitir un informe de avance cada dos meses sobre las acciones adoptadas respecto a las recomendaciones y sugerencias formuladas.
Ante el vencimiento del plazo establecido sin que se recibiera respuesta ni solicitud de prórroga ni justificación alguna, el Tribunal, por instrucciones de la Presidencia, giró las actuaciones a la Secretaría de Coordinación Legal. El informe legal INF-SL-78-2025 concluyó que se verificó un incumplimiento grave de los requerimientos del Tribunal, lo que habilitaba la aplicación de una sanción conforme al artículo 4.º inciso h) de la Ley Provincial 50 y su reglamentación por el Decreto 1917/1999.
La omisión fue interpretada como una desobediencia que entorpece el normal ejercicio del control público. En ausencia de antecedentes de incumplimiento anteriores por parte de los funcionarios, se resolvió aplicar una sanción de apercibimiento, considerando la conducta como pasible de sanción pero no reincidente. Asimismo, se los intimó a remitir en un plazo de cinco días hábiles un informe actualizado sobre lo actuado en relación con las observaciones técnicas.
Finalmente el Tribunal de Cuentas resolvió aprobar los términos del Informe Legal INF-SL-78-2025. Aplicar sanción de apercibimiento a la Ministra Prof. Castillo, al Ing. Moreyra y a la Ing. Vera.
Hacer saber a los funcionarios la posibilidad de recurrir judicialmente conforme a la Ley 141 y la Ley 133 e intimar a los mismos a informar en el plazo de 5 días hábiles bajo apercibimiento de nuevas medidas.
Normativa, resoluciones, acuerdos y dictámenes citados:
- LEY 133 – CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
- LEY 141 – LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
- Decreto Provincial 1917/99 Reglamentario art 4 Ley 50 Tribunal de Cuentas
- Jurisprudencia: “Transporte Automotor Integral Lem S.R.L. c/ Municipalidad de Ushuaia s/ Contencioso Administrativo”.
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