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En un fallo que marca un precedente en la lucha por los derechos de las personas transgénero, el Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Argentina, ha dictaminado que se debe cambiar la manera en que se identifica a una persona trans en los registros legales, acatando el respeto por su identidad de género.
La decisión surgió tras una solicitud presentada por el Defensor Público, Nicolás García, quien representaba a una persona trans involucrada en un caso penal. García solicitó al Ministerio Público Fiscal que modificara la forma en que se refería a su cliente en los registros y documentos relacionados con el caso. Según García, la Fiscalía estaba incumpliendo el artículo 12 de la Ley de Identidad de Género, que estipula que se debe tratar a las personas con dignidad y respetar su identidad de género.
Antes de la intervención de la Defensa Pública, la Fiscalía había estado utilizando el nombre de nacimiento de la persona involucrada o, en ocasiones, su nombre autopercibido pero entre comillas, lo que sugiere cierta deslegitimación. Además, se observó que durante la presentación de testimonios, un testigo que se identificaba como mujer fue tratado como varón.
El artículo 12 de la Ley de Identidad de Género establece que la identidad de género adoptada por una persona debe ser respetada y utilizada en citaciones, registros, y cualquier otra gestión o servicio, ya sea en ámbitos públicos o privados. Además, cuando sea necesario registrar datos como los que aparecen en el documento de identidad, se debe usar un sistema que combine iniciales, apellido completo, fecha de nacimiento y número de documento, agregando el nombre de pila elegido por la persona por razones de identidad de género si así lo solicita. Además, especifica que en eventos públicos solo debe usarse el nombre que respete la identidad de género de la persona.
El Juzgado Federal N°2 de Neuquén reconoció la validez de los argumentos presentados por el Defensor Público y emitió un fallo en el cual ordenó al Ministerio Público Fiscal a cambiar la forma de identificación de la persona trans en el legajo, y a abstenerse de referirse a ella de manera no acorde con su identidad de género. Además, el juzgado advirtió a la Fiscalía que, en caso de persistir en su actitud, no aceptará la inclusión de sus documentos en el caso.
Este fallo es considerado un avance significativo en el reconocimiento y respeto de los derechos y la identidad de las personas trans en Argentina, y destaca la importancia de que las instituciones legales se adhieran a las leyes que buscan proteger la dignidad y la identidad de género de las personas.
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La Corte Suprema de Justicia en Argentina ha decidido poner fin a un caso penal que había estado en curso durante un período excesivo de tiempo. El caso involucra a una persona que fue acusada de robar 40 pesos en 2003, cuando aún era menor de edad. La Corte encontró inaceptable que, después de tantos años, el juicio aún no se hubiera llevado a cabo.
Este es el segundo momento en que la Corte Suprema ha intervenido en este caso. Previamente, en septiembre de 2015, la Corte había instruido que se emitiera una nueva sentencia, ya que no se había abordado adecuadamente la cuestión de la duración razonable del proceso.
El caso comenzó en 2003, cuando tres menores fueron acusados de robar 40 pesos. A pesar de la simplicidad del caso, el juicio se pospuso repetidamente. En 2013, antes de que comenzara el juicio, la defensa solicitó el sobreseimiento de los acusados debido a la duración excesiva del proceso. Esta solicitud fue inicialmente rechazada, pero finalmente condujo a la intervención de la Corte Suprema en 2015.
Tras la primera intervención de la Corte Suprema, la Cámara Federal de Casación Penal desestimó parte del caso pero continuó con respecto a uno de los acusados, Sebastián P. El tribunal inferior justificó la duración del proceso alegando un alto volumen de casos y le dio prioridad a aquellos con acusados detenidos. También argumentó que la defensa no había solicitado activamente la resolución del caso y que, como el acusado no estaba en detención, no se había producido un perjuicio concreto.
Sin embargo, la Corte Suprema, respaldando los argumentos presentados por el Procurador General interino, Eduardo Casal, sostuvo que la naturaleza del derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable es fundamental y no puede ser medido estrictamente en días, meses o años. Además, se señaló que la complejidad del caso, la conducta del acusado y la diligencia de las autoridades son factores clave en la determinación de qué constituye un plazo razonable.
En este caso particular, dado que se trataba de un delito menor y no había indicios de que la defensa estuviera causando demoras innecesarias, la Corte Suprema determinó que se había violado el derecho a ser juzgado en un plazo razonable.
El Procurador General también criticó el razonamiento de la Cámara, que sugirió que la defensa no demostró un perjuicio concreto debido a la duración del proceso, especialmente dado que el acusado no estaba detenido. La Corte Suprema respaldó esta crítica y enfatizó que el proceso penal en sí crea una situación de incertidumbre para el acusado, lo que puede ser perjudicial.
En última instancia, la Corte Suprema revocó la sentencia que rechazaba la prescripción debido a la duración excesiva del proceso, poniendo fin a un caso que había estado languideciendo en el sistema judicial durante casi dos décadas.
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ADEMÁS, EN UNA SESIÓN ESPECIAL, LA CÁMARA BAJA RESPALDÓ UNA SERIE DE PROYECTOS ENTRE LAS QUE SE DESTACAN LA REGULACIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL DEL ACOMPAÑAMIENTO TERAPÉUTICO Y LA REFINANCIACIÓN DE DEUDAS CON ENOHSA.
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de “Sistema Integral de Cobertura y Promoción de Créditos Hipotecarios”, que pone límites a las cuotas de los deudores hipotecarios y cuya actualización mensual del saldo del capital se establecerá “por remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (IAR)”, con una cuota a abonar que no debe superar el 30 por ciento de los ingresos de los deudores.
La iniciativa que busca mejorar la situación de los deudores de créditos hipotecarios con la modalidad UVA y UVI, obtuvo 134 votos afirmativos, 40 negativos y 18 abstenciones.
La sesión contó con los consensos que permitieron el acompañamiento de las diversas iniciativas por el voto de amplias mayorías.
Como informante del dictamen de mayoría, la diputada Alicia Aparicio (Frente de Todos) detalló los artículos de la iniciativa y dijo “que es muy importante y hay muchas familias que dependen de lo que hoy podamos resolver”.
Sobre el dictamen de minoría, expuso el diputado Martín Tetaz (Evolución Radical) y consideró que “el UVA es un muy buen mecanismo para permitir la existencia de crédito de largo plazo, en contextos de alta inflación”. “Ojalá que Argentina pronto tenga una moneda estable, no tenga inflación y no necesitemos un sistema monetario alternativo que es lo que genera el UVA”, explicó.
“No es cierto que la gente que ha sacado un crédito UVA deba más que la plata que sacó. En realidad, deben menos, en dólares y en ladrillos, que lo que debían cuando sacaron el crédito”, advirtió. “Su enorme ventaja es que es un mecanismo muy justo, porque garantiza que devuelvan exactamente el mismo valor real que se le prestó”, añadió.
Asimismo, Tetaz habló de “mantener vivo” el sistema UVA y expuso los pormenores del dictamen, que propone mecanismos como “la posibilidad de que la familia pueda optar que la evolución de su crédito esté atada a un índice de salarios”.
El diputado Juan Manuel Pedrini (Frente de Todos) celebró que “hoy estemos tratando de traer justicia y equidad, la clausula de indexación debe ser la que estamos proponiendo actualmente: la remuneración promedio de los trabajadores estables”.
“Hay que legislar en favor del deudor, el consumidor debe tener la protección del Estado. Queremos defender los intereses de las familias argentinas y los asalariados, por eso ponemos el tope del 30% del salario”, declaró.
En otro sentido, el pleno de la Cámara aprobó el proyecto denominado ley “Olimpia” contra la violencia digital de género por 191 votos afirmativos contra 2 votos negativos y una abstención. La iniciativa, que fue girada al Senado, modifica la ley 26.485, de Protección Integral a las Mujeres, con el fin de “incorporar una tipificación de la violencia digital como una forma de violencia por motivos de género”.
El diputado Pablo Carro (Frente de Todos) manifestó que “la violencia digital es igual o peor que la que ocurre en el mundo analógico”. “Estamos recogiendo lo que los organismos internacionales vienen recomendando en la materia, tanto en la Organización de Estados Americanos como en Naciones Unidas”, alegó.
La diputada Gabriela Lena (UCR) sostuvo que “las mujeres somos más vulnerables de recibir violencia digital que los hombres”. “La aprobación de este proyecto es un avance significativo en la protección de los derechos de las mujeres, pero no es suficiente, necesitamos la modificación del Código Penal para que estas conductas sean penalizadas”, dijo.
En tanto, la diputada Romina Del Plá (PO/FIT) adelantó que su bancada acompañaría el proyecto y advirtió que seguirán “reclamando que haya medidas concretas, reales, para erradicar todo tipo de violencia hacia las mujeres”.
Al cierre de la discusión, la diputada Mónica Macha (Frente de Todos) concluyó: “Buscamos vivir en un mundo sin violencias, buscamos disfrutar de nuestra sexualidad libremente, luchar sirve”. Asimismo, la diputada Macha hizo un reconocimiento a las sobrevivientes de la violencia digital.
Según los fundamentos de la norma, dicha violencia se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y hace referencia a la “obtención y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real o simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres, sin su consentimiento, discursos de odio de género, patrones estereotipados sexistas, o que impliquen situaciones de acoso, amenaza, extorsión o control virtual, o acciones que atenten contra la integridad sexual o identidad digital de las mujeres”.
Asimismo, obtuvo respaldo la regulación del Ejercicio Profesional del Acompañamiento Terapéutico, con el objetivo de establecer el marco general del ejercicio profesional del acompañamiento terapéutico, sin perjuicio de las normas dictadas por las jurisdicciones locales. El proyecto logró 197 votos afirmativos y 3 negativos.
En este sentido, el diputado Daniel Gollán (Frente de Todos) consideró que el proyecto “viene a dar cuenta de una necesidad que ha sido militada por asociaciones y agrupaciones: el reconocimiento al ejercicio del acompañamiento terapéutico, de este nuevo rol y su jerarquización”.
“Hay una gran cantidad de nuevos actores que irrumpen en el sistema sanitario, 13 provincias ya han reconocido esta actividad y han actuado en consecuencia. Se necesita establecer un marco normativo a escala nacional”, dijo.
Por su parte, el diputado Luis Di Giacomo (Juntos somos Río Negro), expresó que esta “ley consagra la profesionalización dentro del equipo de salud. Tiene que ver con la aceptación de la problemática”. “El acompañamiento profesionalizado va a ayudar a muchas personas”, aseguró.
La diputada Romina Del Plá (PO/FIT) respaldó la regulación del acompañamiento terapéutico al considerarla “necesaria” e hizo hincapié en algunos temas que quedan afuera, como “las condiciones laborales que son enormemente precarias” y que “se sigue manteniendo cobro de salario a los premios”.
También obtuvo media sanción la derogación de la ley de trabajo de las mujeres y los niños, y el decreto 2.699 de 1925, sobre prohibición de tareas peligrosas o insalubres para personas menores de 18 años. Se sancionaron la autorización para el desempeño de cargos Honorarios de Cónsules y Vicecónsules, y el acuerdo sobre transporte aéreo entre la república argentina y la república portuguesa, suscripto en la ciudad de Lisboa.
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La provincia de Tierra del Fuego anunció este martes la exitosa colocación de $2.700 millones en Letras de Tesorería con vencimiento entre agosto y octubre de 2023. El objetivo de esta operación es financiar gastos corrientes dentro del marco de un programa autorizado por la Legislatura fueguina en la ley de presupuesto de este año.
El Ministerio de Economía de la provincia dio a conocer los resultados de la licitación, en la cual los títulos fueron divididos en tres clases por un máximo de $1.000 millones cada una. La Clase 1 tiene un vencimiento a 58 días (fines de agosto), la Clase 2 a 90 días (principios de octubre) y la Clase 3 a 119 días (fines de octubre).
La licitación atrajo ofertas por un total de $3.794 millones, y finalmente se adjudicaron $893 millones para la Clase 1, $960 millones para la Clase 2 y $847 millones para la Clase 3, totalizando así los $2.700 millones buscados. Estas clases fueron asignadas con un margen sobre la tasa Badlar de bancos privados, siendo del 10,5%, 15% y 16% respectivamente.
Uno de los aspectos destacados por las autoridades fueguinas fue la significativa reducción del margen de la emisión a 59 días en comparación con la Clase 2 de la Serie II, lo que implicó una compresión de 400 puntos básicos en la tasa.
El ministro de Economía de la provincia, Federico Zapata García, resaltó la competitividad de la tasa total de colocación, que se ubicó por debajo de la Tasa Nominal Anual (TNA) del 97% establecida para los plazos fijos. Según Zapata García, esto hace que la tasa sea muy atractiva en el mercado.
Esta colocación de Letras de Tesorería fue autorizada mediante la Resolución 725/23 emitida el 28 de junio y constituye la tercera operación de este tipo realizada por el gobierno provincial durante este año, con el mismo propósito de financiar gastos corrientes.La primera licitación se llevó a cabo a principios de mayo, en la cual se colocaron $1.712.870.000 en letras con vencimiento el 2 de junio y $1.287.130.000 con vencimiento el 3 de julio. Posteriormente, a fines de mayo, se realizó la segunda colocación por $1.048 millones, con vencimiento el 6 de julio, y otros $1.252 millones con vencimiento el 4 de agosto. Con esta última colocación, la provincia ha logrado obtener los fondos necesarios para su financiamiento a través de una emisión en el mercado, a tasas competitivas y en línea con sus objetivos económicos.
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