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Se establecen los mecanismos necesarios para promover la formación de calidad y el incremento de la cantidad de enfermeras y enfermeros, así como la profesionalización y el desarrollo de la enfermería en todo el territorio nacional, y se crea el Programa Nacional de Formación de Enfermería, a fin de administrar y gestionar los incentivos y aportes económicos para la mejora continua de la calidad de la formación de las/los enfermeras/os, incrementar el número de egresadas/os y promover el desarrollo de la enfermería en todo el territorio nacional.
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Se aprueba un marco legal con el objeto de garantizar que todas las personas con cardiopatías congénitas tengan el derecho a todas las instancias de detección y tratamiento correspondientes en cada etapa vital. Asimismo, que todas las mujeres embarazadas y/o personas gestantes tengan el derecho a un control prenatal que incluya la detección precoz de cardiopatías congénitas, garantizando, si correspondiera, el traslado intrauterino. A tales fines, se crea el Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas (PNCC) en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación.
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La ley 27709 crea el Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de carácter continuo, permanente y obligatorio, destinado a las personas que se desempeñan en los tres poderes del Estado Nacional que forman parte corresponsable del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de NNyA.
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En el marco de una medida cautelar, para obtener la adecuación del monto del crédito con garantía hipotecaria bajo el sistema UVA, la Sala F de la Cámara Nacional Comercial admite la medida tendiente a que durante la tramitación del pleito se prohíba al Banco demandado incrementar los importes correspondientes al crédito hipotecario UVA. Para así decidir, el Tribunal señaló que es deber de la judicatura evitar la consumación de un daño mayor, en una operatoria amparada por una legislación de orden público como la Ley 24.240.
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En el marco del reclamo de un progenitor para restituir a su hijo a España, y luego de obtener sentencia favorable a su restitución en todas las instancias, la causa se encontraba pendiente de resolución desde junio de 2020 por un recurso interpuesto por la parte demandada ante la Suprema Corte bonaerense. La Corte Suprema de Justicia de la Nación concluyó que la excesiva demora de 3 años en resolver el recurso es contraria a la urgencia que debe otorgarse a este tipo de procesos.
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