Seis años después de promovida la acción contra el uso de fosfuro de aluminio, el tribunal declaró abstracta la controversia.
Ushuaia.- El Juzgado Federal de Ushuaia, a cargo del juez Federico H. Calvete, declaró abstracta la cuestión debatida en “Asociación Civil sin fines de lucro Amigos del Reino Animal Fueguino —A.R.A.F. Ushuaia— y otro c/ Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas —CONICET— (CADIC) s/ Civil y Comercial–Varios”.
La acción fue iniciada el 20 de mayo de 2020 por representantes de AFADA y ARAF. Las entidades cuestionaron el proyecto anunciado por un investigador del CADIC para controlar la población de conejos de Castilla mediante fosfuro de aluminio y gas fosfina. Sostuvieron que el método amenazaba la fauna, la biodiversidad, la salud de las personas y el derecho de los animales a no sufrir actos de crueldad.
En julio de 2020, el juzgado suspendió cautelarmente las medidas que implicaran la matanza de los conejos. Posteriormente, el Ministerio de Producción y Ambiente provincial prohibió el uso de fosfina y el CADIC descartó ese procedimiento, sometió las alternativas a consideración de la autoridad ambiental y se abstuvo de intervenir.
Una inspección realizada en abril de 2022 y las filmaciones incorporadas al expediente no detectaron conejos en el predio. El organismo informó que la población había disminuido sin que se ejecutaran acciones de control.
Ante el cambio de las circunstancias, el juez concluyó que ya no existía una controversia actual que justificara un pronunciamiento sobre el fondo y declaró abstracta la causa.
Sin perjuicio de ello, sostuvo que los conejos son seres sintientes y sujetos de derecho, no objetos disponibles, y destacó la intervención de los amigos del tribunal. Las costas fueron impuestas por su orden porque las declaraciones públicas iniciales habían generado una sospecha fundada sobre una posible matanza.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
Dos asociaciones de protección animal acudieron a la Justicia para impedir que el CADIC utilizara gas fosfina contra los conejos de Castilla que habitaban en su predio.
Afirmaron que ese método podía causar sufrimiento a los animales y también representar un riesgo para las personas y el ambiente.
Antecedentes
La demanda comenzó en mayo de 2020. En julio de ese año, el juez ordenó suspender cualquier medida que implicara matar a los conejos mientras se tramitaba el proceso.
Después, la autoridad ambiental provincial prohibió el uso de fosfina. El CADIC descartó ese método y decidió no realizar acciones directas.
En 2022, una inspección judicial y las filmaciones del lugar no registraron conejos. El organismo explicó que su cantidad había disminuido sin intervención humana.
Decisión final
El juez declaró abstracta la causa. Esto significa que no resolvió quién tenía razón porque el problema que había originado el juicio ya no existía en forma actual.
Las costas fueron distribuidas por su orden. Cada parte debe afrontar sus propios gastos.
Conclusión
Aunque no decidió el fondo, el juez expresó que los conejos son seres sintientes y sujetos de derecho. Señaló que no pueden ser considerados cosas u objetos disponibles.
También destacó la participación de los amigos del tribunal, quienes aportaron conocimientos especializados sobre derecho animal.
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