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Resolución 1115/2026 – Ministerio de Salud de la Nación aprueba el Plan Nacional del Trastorno del Espectro Autista (TEA)

Orientado a unificar lineamientos técnicos federales de detección temprana, atención integral, capacitación continua e investigación.

Mediante la Resolución 1115/2026, el Ministerio de Salud de la Nación aprueba el Plan Nacional del Trastorno del Espectro Autista (TEA), reglamentando y complementando la Ley 27043, su Decreto Reglamentario 777/2019, la Ley 26657 de Salud Mental y la Resolución MS 3050/2025 que creó el Programa Nacional de Formación en Salud Mental.

La norma no deroga regímenes previos, sino que robustece el marco operativo federal al instituir directrices técnicas para armonizar criterios asistenciales en todo el país.

El artículo 1º formaliza el Plan como Anexo I en la órbita de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental; el artículo 2º faculta a dicha área a dictar normas complementarias, guías y pautas técnicas de implementación; mientras que los artículos 3º y 4º consagran la gratuidad presupuestaria y su vigencia inmediata.

El Plan estructura seis ejes rectores (promoción, capacitación, apoyo familiar, investigación, articulación intersectorial y epidemiología) e incorpora indicadores de gestión.

En clave práctica, supera abordajes meramente conductuales al consagrar una perspectiva clínica situada del neurodesarrollo, fortaleciendo la detección temprana en el primer nivel de atención, la continuidad de cuidados y la interoperabilidad federal sin alterar el esquema de competencias locales.

Versión en lenguaje claro

 El Ministerio de Salud de la Nación aprobó el Plan Nacional del Trastorno del Espectro Autista (TEA).

Contexto y finalidad La medida complementa la Ley 27043 de abordaje integral del TEA y la Ley 26657 de Salud Mental. Su fin es fijar pautas técnicas comunes para todo el país. Busca mejorar la calidad en la detección temprana, el diagnóstico, el tratamiento y la continuidad de los cuidados.

Cambios principales

  • Establece seis ejes de trabajo: prevención, formación profesional, apoyo familiar, investigación, coordinación interministerial y vigilancia epidemiológica.
  • Promueve un enfoque del neurodesarrollo centrado en la singularidad de la persona y sus entornos, superando visiones centradas solo en el déficit.
  • Faculta a la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental a emitir guías clínicas y directrices operativas.
  • Introduce indicadores concretos para evaluar el avance y los resultados del plan en todo el territorio.

Impacto práctico Los centros de atención primaria contarán con herramientas estandarizadas para identificar señales tempranas de TEA y derivar a tiempo. Los equipos de salud recibirán capacitación continua. Las familias accederán a mayor información, acompañamiento y programas de apoyo psicosocial. Además, se generarán datos epidemiológicos oficiales para planificar mejores políticas públicas.

Conclusión La resolución consolida una guía técnica nacional que fortalece la atención interdisciplinaria del TEA sin generar gastos presupuestarios extras, promoviendo la inclusión y el respeto a la autonomía.

ANEXO

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