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“RODRIGUEZ, Alberto César Mateo c/ GOBIERNO DE LA PROV. T.D.F. s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO” | Cita Digital: Delalenga 5676

VOCES:

“Corolario de lo antedicho, cabe concluir que la Disposición D.G.R.Z.S. “R” Nº 03/14, con relación al antecedente de hecho dado por la conducta del Sr. Rodríguez consistente en haber recibido documentación en la vía pública, presenta un vicio en su elemento causa que la torna nula de nulidad absoluta; por ser ésta falsa, en razón de que, contrastando este último acto con el dictado por el Titular de la Comisaría Tercera por el cual se sancionó al actor, surge que originalmente no se lo castigó por haber recibido el recurso del agente Olmedo fuera de las oficinas estatales, sino que únicamente se le enrostró lo atinente a la mendacidad del horario de recepción consignado al recibirlo, hecho que, conforme fue acreditado con la probanzas rendidas en sede judicial, también quedó descartado”. Observación: Esta sentencia fue casada por el Superior en fecha 25 de febrero de 2021. 

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