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Confirmaron el rechazo de una demanda contra Caja de Seguros por incapacidad no acreditada

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala B, de Buenos Aires, en la causa “G., H. J. contra Caja de Seguros S.A. sobre ordinario”, confirmó el rechazo de la demanda promovida por un asegurado que reclamaba el cobro de la cobertura adicional por incapacidad física total, permanente e irreversible prevista en un seguro colectivo contratado por Prefectura Naval Argentina.

El actor sostuvo que había integrado la fuerza durante más de cuatro décadas y que se encontraba incorporado a la póliza colectiva. Alegó padecer afecciones crónicas y degenerativas que le provocaban una incapacidad superior al 66%. Tras denunciar el siniestro, la aseguradora rechazó la cobertura, lo que motivó la acción judicial.

En primera instancia, la demanda fue rechazada. El juez entendió que, aunque la pericia médica determinó una incapacidad del 67,87%, no se había probado que ese estado estuviera configurado durante la vigencia de la póliza ni antes del retiro voluntario del actor.

La Sala B confirmó esa decisión. El tribunal señaló que, en los seguros colectivos, la incapacidad total y permanente debe analizarse según la posibilidad real del asegurado de continuar trabajando, pero aclaró que ello no elimina la carga de probar que el riesgo cubierto se produjo dentro del período de cobertura.

Las juezas destacaron que los estudios médicos valorados eran posteriores al cese, casi dos años después de la finalización de la póliza. También ponderaron que, seis meses antes del retiro, el actor había recibido una evaluación física “excepcional” por parte de su empleador.

Por unanimidad, con voto de Matilde E. Ballerini y adhesión de María Guadalupe Vásquez, la Cámara rechazó el recurso, confirmó la sentencia de grado y mantuvo las costas al actor vencido, sin perjuicio del beneficio de gratuidad aplicable por la Ley de Defensa del Consumidor.

Versión en lenguaje claro

Tema del caso

El caso trata sobre un reclamo contra una aseguradora por el cobro de un seguro colectivo por incapacidad total y permanente.

Antecedentes

H. J. G. trabajó durante más de cuatro décadas en Prefectura Naval Argentina. Por esa relación laboral estaba incluido en un seguro colectivo contratado con Caja de Seguros S.A.

El actor dijo que tenía enfermedades crónicas y degenerativas. Sostuvo que esas afecciones le generaban una incapacidad superior al 66%. Por eso pidió cobrar la cobertura adicional prevista en la póliza.

La aseguradora rechazó el pedido. Luego, el actor inició una demanda judicial. La primera instancia también rechazó el reclamo. El juez entendió que no se probó que la incapacidad hubiera existido mientras el seguro estaba vigente.

Decisión final

La Cámara Comercial confirmó el rechazo de la demanda.

El tribunal explicó que la incapacidad total y permanente no debe mirarse de modo rígido. Debe analizarse si la persona podía seguir trabajando según su situación concreta. Pero también dijo que el asegurado debía probar que esa incapacidad existía durante la vigencia de la póliza.

La Cámara valoró que la pericia médica fijó una incapacidad del 67,87%, pero con base en estudios posteriores al retiro. También tuvo en cuenta que, seis meses antes del cese, el actor tenía una evaluación física “excepcional”.

La decisión fue unánime. Votó Matilde E. Ballerini y adhirió María Guadalupe Vásquez.

Conclusión

Para cobrar un seguro por incapacidad no alcanza con probar una incapacidad actual.

También debe probarse que el estado incapacitante existía cuando la póliza estaba vigente.

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