Creación de subsidios directos y fondo especial para damnificados por inundaciones en localidades bonaerenses afectadas en mayo de 2025.
El Decreto 497/2025, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la emergencia pública establecida por el Decreto 70/2023, crea un fondo especial de hasta $10.000 millones destinado a asistir directamente a damnificados por las inundaciones ocurridas los días 16 y 17 de mayo de 2025 en siete localidades de la Provincia de Buenos Aires. El acto encuentra su motivación en los daños extraordinarios causados por precipitaciones récord, superando ampliamente los promedios históricos, y tiene sustento en los principios de acción estatal inmediata y eficiente ante catástrofes.
El decreto se vincula estrechamente con la Ley 27287 del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil y su Decreto reglamentario 383/2017, así como con la Ley 26815 de Manejo del Fuego. Se enmarca además dentro de las competencias conferidas al Ministerio de Seguridad Nacional por la Ley de Ministerios 22520 (t.o. por Decreto 438/92), y es dictado conforme al artículo 99 inciso 1 de la Constitución Nacional.
La norma establece un régimen excepcional de subsidios no contributivos, denominado “SUPLEMENTO ÚNICO PARA LA RECONSTRUCCIÓN (S.U.R.)”, de percepción única por inmueble catastral afectado. Los requisitos, regulados por la autoridad de aplicación —el Ministerio de Seguridad Nacional—, incluyen residencia, acreditación del daño mediante declaración jurada y otras condiciones reglamentarias. La implementación se delega en la autoridad mencionada, quien deberá dictar normativa complementaria.
Contenido exclusivo para miembros
Inicia sesion o adquiri una membresia para ver este PDF.
Post Relacionados:
Resolución Presidencia de la Dirección Provincial de Energía 628/2025. Aplicar los nuevos valores del Kw, conforme lo establecido en la Resolución SE#MEC 359/2025 con una programación estacional de invierno, la Resolución SE#MEC 36/2025 relacionada a la política tarifaria sobre subsidios; y según el cuadro tarifario establecido mediante Decreto Provincial 2489/2024, correspondiendo realizar el ajuste al cargo relacionado al aporte que compone el Fondo Permanente de Apoyo a los Bomberos Voluntarios de la Provincia, conforme lo establece el Anexo 1, parte integrante de la presente, a partir de la facturación del período 05/2025 con vencimiento en OCTUBRE 2025
Resolución Presidencia de la Dirección Provincial de Energía 558/2025. Aplicar los nuevos valores del Kw, conforme lo establecido en la Resolución SE#MEC 334/2025 con una programación estacional de invierno, la Resolución SE#MEC 36/2025 relacionada a la política tarifaria sobre subsidios; y según el cuadro tarifario establecido mediante Decreto Provincial 2489/2024, correspondiendo realizar el ajuste al cargo relacionado al aporte que compone el Fondo Permanente de Apoyo a los Bomberos Voluntarios de la Provincia, conforme lo establece el Anexo 1, parte integrante de la presente, a partir de la facturación del período 05/2025 con vencimiento en SEPTIEMBRE 2025
Resolución 498/2025 Presidencia de la Dirección Provincial de Energía (DPE) – Nuevos valores Kv, conforme lo establecido en la Resolución SE#MEC 226/2025 con una programación estacional de invierno, la Resolución SE#MEC 36/2025 relacionada a la política tarifaria sobre subsidios; y según el cuadro tarifario establecido mediante Decreto Provincial 2489/2024, correspondiendo realizar el ajuste al cargo relacionado al aporte que compone el Fondo Permanente de Apoyo a los Bomberos Voluntarios de la Provincia, conforme lo establece el Anexo 1, parte integrante de la presente, a partir de la facturación del período 07/2025 con vencimiento en AGOSTO/2025
Resolución 301/2025 Dirección Provincial de Energía (DPE) – Aplicar los nuevos valores del Kw, conforme lo establecido en la Resolución SE#MEC 171/2025 con una programación estacional de invierno, la Resolución SE#MEC 36/2025 relacionada a la política tarifaria sobre subsidios; y según el cuadro tarifario establecido mediante Decreto Provincial 2489/2024, correspondiendo realizar el ajuste al cargo relacionado al aporte que compone el Fondo Permanente de Apoyo a los Bomberos Voluntarios de la Provincia, conforme lo establece el Anexo 1, parte integrante de la presente, a partir de la facturación del período 05/2025 con vencimiento en JUNIO/2025
LEY 1583 – Suspende en todo el ámbito de la provincia, hasta el 31 de diciembre de 2025, los términos procesales en los juicios iniciados por la entidad Fondo Residual Ley provincial 478, Banco de Tierra del Fuego: Transformación en Sociedad Anónima. Estatuto. – Suspende, en todo el ámbito de la Provincia, hasta el 31 de diciembre de 2025, los términos procesales en los juicios de ejecución de sentencia por cobro de honorarios profesionales, cuya causa o título, provengan de los procesos aludidos en el artículo 1º de esta ley. Suspende, en todo el ámbito de la Provincia hasta el 31 de diciembre de 2025, los trámites de subasta en los juicios que involucren bienes sobre los cuales la entidad Fondo Residual Ley provincial 478, tenga constituido a su favor derecho real de hipoteca o prenda
Decreto Provincial 1561/21 – COMPETENCIA P/OTORGAR SUBSIDIOS DE VULNERABILIDAD SOCIAL


