📍 Ushuaia, Tierra del Fuego — Lun–Vie: 10–13hs y 16–20:30hs · Sáb: 10–13hs

R., J. c/Swiss Medical SA s/Ley de Defensa del Consumidor | Cita Digital: Delalenga 24163

VOCES:

Se confirma -en lo principal- la sentencia que hizo lugar a la demanda incoada contra una empresa de medicina prepaga, y la condenó a abonar a la actora una suma de dinero en concepto de diferencia en menos abonada por el tratamiento de crio preservación de óvulos y en concepto de diferencia en menos abonada por mantenimiento anual, ello con más intereses y daño moral. Es que ante la situación por la que estaba atravesando la accionante (próxima a realizarse un tratamiento de quimioterapia), cualquier incumplimiento de la prepaga generaba angustia, preocupaciones y temores que iban más allá de una simple molestia. Sin embargo, se deja sin efecto la condena por daños punitivos, al entenderse que cumplió en tiempo y forma con el reintegro que creyó correspondía, inferior al finalmente reconocido por el juez.

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